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Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
1º) Que mediante Resolución de 1 de agosto de 1997, se aprobó el Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que rige la presente contratación, así como la realización de un gasto máximo de 18.000.000 de pesetas, distribuidas en dos anualidades, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 97.18.02.421A.227.06 y 98.18.02.421A.227.06 de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1997 y 1998, respectivamente.
2º) Que finalizado el plazo de presentación de proposiciones, consta en el expediente calificando la documentación presentada por las empresas licitadoras, así como de apertura de proposiciones económicas.
3º) Que la propuesta de adjudicación en base a los criterios establecidos en la cláusula 10.2 del Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares, se determina a favor de la empresa Buenaventura Rodríguez Rivero.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera: lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto a la adjudicación de los contratos por concurso.
Segunda: lo previsto en el artículo 1 de la Orden de 15 de enero de 1992, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se delegan atribuciones en distintos titulares de Centros Directivos del Departamento.
En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
R E S U E L V O:
1º) Adjudicar el concurso (procedimiento abierto) del servicio de atención a los centros de enseñanza no universitaria en materia de instalación y mantenimiento de equipos y programas informáticos, así como asesoramiento, formación y resolución de incidencias al personal de los mencionados centros, tanto a través de la línea telefónica 900, instalada por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, como de atención en los propios si se precisa, a favor de la empresa que a continuación se relaciona por el importe y lote señalados:
LOTE: II.
EMPRESA: Buenaventura Rodríguez Rivero
IMPORTE: 6.800.000 ptas.
2º) Requerir a las indicada empresa para que en el plazo de quince días hábiles contados desde la notificación de la presente, constituya a disposición de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la garantía definitiva ascendente al 4% del importe de licitación, y cuyo importe se relaciona en la forma prevista en el Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas.
EMPRESA: Buenaventura Rodríguez Rivero.
GARANTÍA DEFINITIVA: 360.000 ptas.
3º) Requerir a la indicada empresa para que en el plazo de treinta días naturales a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente, se proceda a formalizar el contrato.
Contra el presente acto, dictado por delegación del Consejero de Educación, Cultura y Deportes en virtud de la Orden de 15 de enero de 1992, y que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su notificación, previa comunicación al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de septiembre de 1997.- La Secretaria General Técnica, María Teresa Larrea Díez.
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