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BOC Nº 130. Miércoles 8 de Octubre de 1997 - 1392

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1392 - ORDEN de 8 de septiembre de 1997, por la que se crea la Escuela de Música Villa de La Orotava, La Orotava (Tenerife).

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La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece en su artículo 39.5 la posibilidad de la creación de Escuelas específicas de estudios de Música y Danza cuyos objetivos serán, entre otros, fomentar el conocimiento de la música y la danza y ofrecer una enseñanza instrumental orientada tanto a la práctica individual como a la de conjunto, al mismo tiempo que desarrollar una oferta amplia y diversificada de educación musical, sin límite de edad. El Gobierno de Canarias regula las Escuelas de Música y Danza por Decreto 179/1994, de 29 de julio (B.O.C. de 26 de agosto), teniendo en cuenta la larga y arraigada tradición que la enseñanza de estas artes ha tenido en la mayoría de las poblaciones del Archipiélago Canario y valora positivamente la enorme tarea que han venido realizando las diversas Administraciones locales de las islas. Examinado el expediente instruido a instancias del Ayuntamiento de La Orotava, por el que solicita la creación, funcionamiento y registro de una Escuela Municipal de Música, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.5 del Decreto 179/1994, de 29 de julio, mencionado. Resultando que, tramitado el expediente en forma reglamentaria, la Dirección General de Infraestructura Educativa formula Propuesta de Resolución favorable, para la creación, funcionamiento y registro de la Escuela Municipal de Música que se solicita, a la vista del informe pedagógico sobre el proyecto que emite la Dirección General de Ordenación Educativa. Vistos la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (B.O.E. de 28 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas artísticas; la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de julio de 1992 (B.O.E. de 22 de agosto), por la que se regulan las condiciones de creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 179/1994, de 29 de julio, de regulación de Escuelas de Música y Danza (B.O.C. de 26 de agosto) en la Comunidad Autónoma de Canarias, y demás disposiciones de pertinente aplicación. Considerando que en la solicitud que formula el Ayuntamiento de La Orotava se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 4.5 del Decreto 179/1994 en cuanto a titulación del profesorado, méritos académicos y pedagógicos de la persona que ha de desempeñar el cargo de director del Centro, así como las condiciones materiales del edificio y del equipamiento, para asegurar la calidad educativa deseable para el cumplimiento de los objetivos que se señalan en el proyecto que se presenta,

D I S P O N G O:

1º) Autorizar la creación y funcionamiento de la Escuela Municipal de Música de La Orotava, que se denominará Villa de La Orotava, con domicilio en la Casa de la Cultura de San Agustín, Plaza de La Constitución, y con número de código 38000241. 2º) Por el Registro específico de Escuelas de Música y Danza, dependiente del Registro de Centros docentes, se procederá a su inscripción.

3º) El Servicio de Inspección Educativa velará por la adecuación de la Escuela Municipal de Música a lo establecido en la legislación vigente, asesorando al Centro para un mejor cumplimiento de los fines. 4º) La Escuela Municipal de Música Villa de La Orotava podrá expedir credenciales de los estudios cursados por sus alumnos, sin que en ningún caso, su texto o formato pueda inducir a confusión con los certificados o títulos con validez académica y profesional.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de septiembre de 1997. EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

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