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BOC Nº 128. Viernes 3 de Octubre de 1997 - 3011

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

3011 - RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 1997, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de Propuesta de Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 18/95, dirigida a Dña. María Teresa Betancor Nieva, en ignorado domicilio.

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Siendo ignorado el domicilio de Dña. María Teresa Betancor Nieva a efectos de la notificación de la Propuesta de Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 18/95, tramitado por no destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública de la que es adjudicataria, sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza, Parcela I-17, portal 5, bajo A, de conformidad en lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda,

R E S U E L V E:

Notificar a Dña. María Teresa Betancor Nieva la Propuesta de Resolución recaída con fecha 14 de agosto de 1997, en el expediente de desahucio administrativo que le ha sido instruido y cuya parte dispositiva dice textualmente:

“Sea resuelta la adjudicación de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza, Parcela I-17, bloque 5, bajo A, otorgada a favor de Dña. María Teresa Betancor Nieva, requiriendo a la misma para que en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la Resolución, desaloje la vivienda con apercibimiento de proceder, en caso contrario, al lanzamiento de cuantas personas, muebles y enseres se encontrasen en la misma.

El lanzamiento será ejecutado por la Dirección General de Vivienda, que designaría las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabaría la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso, de las Fuerzas de Orden Público.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. nº 216, de 7.9.68), se le notifica que tiene un plazo de ocho días a partir del siguiente a la publicación de la presente, para alegar cuanto considere conveniente a su defensa, significándole que transcurrido dicho plazo sin cumplimentarlo, se le declarará decaído en su derecho al referido trámite.”

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto 1997.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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