Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
1997/123 - Lunes 22 de Septiembre de 1997

IV. ANUNCIOS
Otros anuncios
Consejería de Sanidad y Consumo

Regresar al sumario 2822 RESOLUCIÓN de 15 de julio de 1997, de la Dirección General de Consumo, sobre notificación de Resolución a persona jurídica de ignorado domicilio.

No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de la persona jurídica que se relaciona, y siendo preciso notificarle la Resolución recaída en el expediente incoado contra la misma, por infracción a la normativa en materia de consumo y conforme al artículo 59, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a la persona jurídica que se cita, la Resolución recaída en el expediente que le ha sido instruido por infracción a la legislación en materia de consumo.

Los interesados podrán interponer recurso ordinario contra la Resolución del expediente, que no agota la vía administrativa, en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la publicación de la presente Resolución, ante el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad y Consumo del Gobierno de Canarias y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

El pago de la sanción se hará efectivo a partir de la notificación de la liquidación que oportunamente se girará por la Consejería de Economía y Hacienda.

2.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, la correspondiente Resolución para su publicación en el tablón de edictos.

VISTO EL EXPEDIENTE NÚMERO: 38-095/97.

INSTRUIDO A: Jonuel, S.L.

D.N.I. o N.I.F.: B-38338133.

MOTIVACIÓN

Artē. 54 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

REFERENCIA DE HECHOS: el día 10 de octubre de 1996, un Inspector de esta Dirección General realizó una visita de inspección en el hipermercado de rótulo La Hucha, del que es titular Jonuel, S.L., sito en el Polígono Industrial de San Jerónimo, del término municipal de La Orotava, y mediante actas números 2.548 y 2.549 instruidas al efecto comprobó que tiene expuestos para su venta al público productos hortofrutícolas -naranjas, manzanas, plátanos, lechugas, pimientos, pepinos, coles, nectarinas, etc.- careciendo de datos de normalización -variedad, origen del producto y categoría de calidad-, según sus correspondientes normas de calidad.

Asimismo se comprueba que tiene expuestos para su venta al público jugos en envases de cristal de diversas variedades -manzana, pomelo, naranja-, cuyos datos de etiquetado figuran en idioma extranjero, constituyendo tales hechos infracción en materia de consumo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO: es de aplicación lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento C.E. nē 1.035/1972, de 18 de mayo, por el que se establece la organización común de mercados, en el sector de las frutas y hortalizas, D.O.C.E. nē L 118, artículo 20 del Real Decreto 212/1992, por el que se aprueba la Norma General de Etiquetado, Presentación y Publicidad de los Productos Alimenticios, B.O.E. nē 72, artículo 3.3.1 y 3.3.4 del Real Decreto 1.945/1983, que regula las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, B.O.E. nē 168, en concordancia con el artículo 34.6 de la Ley 26/1984, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, B.O.E. nē 176.

CUESTIONES PLANTEADAS EN EL EXPEDIENTE: fue notificado en el Boletín Oficial de Canarias nē 75, martes 10 de junio de 1997 y en el tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de La Orotava sin que dieran contestación al mismo en el plazo indicado.

Conforme a las competencias asignadas a la Dirección General de Consumo por el artículo 9, apartados k) y m), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad y Consumo, aprobado por Decreto Territorial 322/1995, de 10 de noviembre (B.O.C. nē 154),

ACUERDO:

Imponer a Jonuel, S.L. la sanción de multa de setenta y cinco mil (75.000) pesetas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario, en el plazo de un mes, a partir de su notificación ante el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad y Consumo, conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse, siendo necesario si lo presenta por medio de representante, la acreditación del mismo por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.- Santa Cruz de Tenerife, a 25 de junio de 1997.- El Director General de Consumo, Gonzalo Olarte Cullen.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de julio de 1997.- El Director General de Consumo, Gonzalo Olarte Cullen.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS