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1997/123 - Lunes 22 de Septiembre de 1997

III. OTRAS RESOLUCIONES
Administración Local
Cabildo Insular de Gran Canaria

Regresar al sumario 1319 DECRETO de 15 de mayo de 1997, por el que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, a favor del Cuartel de Colmenar, en Valsequillo (Gran Canaria).

Resultando que en el lugar denominado Colmenar Bajo junto al Barranco de San Miguel, en Valsequillo, se encuentra un caserío formado por un conjunto de edificaciones rurales tradicionales construido en 1530, y destinado a albergue de tropas de caballería que ha sido denominado popularmente como Cuartel de Colmenar.

El edificio principal es una casona en forma de U, de dos alas unidas por un muro central, dos plantas, cubiertas tejadas a dos aguas, y corredor corrido sobre pilares sencillos de madera que circundan el patio interior, al que se accede por sus extremos mediante dos escaleras.

Su estado de conservación es relativamente bueno salvo el corredor, que se halla deteriorado y, en general, el conjunto ha sufrido a lo largo de los años reparaciones y sustituciones efectuadas sin mucho acierto, pero conserva intacta la estructura original.

Considerando que la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, dispone en su artículo 1.2 que los bienes más relevantes del patrimonio histórico español deberán ser declarados de interés cultural o inventariados, declarando el artículo 15.1 de la citada Ley que son Monumentos aquellos bienes inmuebles que constituyen realizaciones arquitectónicas de ingeniería u obras de escultura colosal siempre que tengan interés histórico, artístico, científico o social.

Considerando que el Cuartel de Colmenar reúne valores suficientes para su declaración como Bien de Interés Cultural por resultar un ejemplo claro de asentamiento rural asociado a una hacienda agrícola, con los caracteres tipológicos propios de la arquitectura tradicional de medianías.

Considerando que este Excmo. Cabildo Insular es competente para incoar la declaración de Bien de Interés Cultural en virtud del traspaso de competencias efectuado por Decreto 60/1988, de 12 de abril, y la Disposición Adicional Primera, letra h, de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en uso de las facultades concedidas por el artículo 12.k) del Reglamento Orgánico de la Corporación,

D I S P O N G O:

1º) Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, a favor del Cuartel de Colmenar, término municipal de Valsequillo (Gran Canaria), con la descripción literal y delimitación que figuran en los anexos I y II a este Decreto.

2º) Hacer saber al Ayuntamiento de Valsequillo (Gran Canaria), que según lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la incoación de expediente para la declaración de un Bien de Interés Cultural determinará, en relación al bien afectado, la aplicación provisional del mismo régimen de protección previsto para los bienes declarados de interés cultural y que dicha incoación determinará la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso, autorización de este Cabildo Insular.

3º) Comunicar esta incoación al Registro General y Regional de Bienes de Interés Cultural, a efectos de anotación preventiva.

4º) Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado por el Ilmo. Sr. Presidente en la Casa-Palacio Insular en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de mayo de 1997.- El Secretario General Accidental.- El Vicepresidente, Juan Andrés Melián García.

A N E X O I

1. Descripción.

El Monumento está formado por un conjunto de edificaciones rurales tradicionales construido en 1530, y destinado a albergue de tropas de caballería que ha sido denominado popularmente como Cuartel de Colmenar.

El edificio principal es un casona en forma de U, de dos alas paralelas unidas por un muro trasero, que da paso a la huerta. Tiene dos plantas cubiertas de teja árabe a dos aguas, y corredor corrido sobre pilares sencillos y barandillas de madera, al que se accede por extremos mediante dos escaleras de piedra, dejando un patio interior de 12 x 8 metros, pavimentados con cayados. Delante se han adosado cuatro cuartitos de cubiertas a dos aguas que prolongan oblicuamente el eje del ala oriental del edificio principal; entre el tercero y el cuarto se inserta la portada que viene a unirse a otro cuerpo rectangular aledaño, también de dos aguas, colocado transversalmente al eje del ala occidental.

2. Entorno de protección.

El entorno de protección abarca un semicírculo irregular que tiene como diámetro el ángulo obtuso de la calle que lo circunda al sur. Saliendo frente a la portada del Monumento, a una cota de 540 metros, el perímetro se dirige al este por el borde exterior de la calle, y desde ésta a la altura de la cota 546 va bordeando los muros de piedra seca de la finca, por detrás del Cuartel, en un arco de rumbo este-oeste hasta unirse nuevamente a la carretera a la misma cota, y baja en dirección sureste por su borde exterior hasta llegar de nuevo frente a la portada.

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