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BOC Nº 122. Viernes 19 de Septiembre de 1997 - 1309

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1309 - RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 1997, de la Dirección General de Promoción Educativa, por la que se modifica la Resolución de 6 de mayo de 1997, que anuncia convocatoria, por el procedimiento de concurso, para la concesión de subvenciones a las federaciones de asociaciones de padres de alumnos y federaciones de asociaciones de alumnos, así como sus respectivas confederaciones, para gastos de funcionamiento (B.O.C. nº 66, de 26.5.97).

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Publicada la Resolución citada, inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 66, de 26 de mayo de 1997, advertidos sendos errores en sus bases de convocatoria, R E S U E L V O:

Que en las bases de la convocatoria, concretamente en la base segunda, apartado 2.1, en lo que al importe y aplicación presupuestaria se refiere dice: “El importe del crédito habilitado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997, asciende a 25.000.000 de pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.423C.480.00 /L.A. 18415902”. Advertido error en la línea de actuación (L.A.) 18415902, ésta se modifica y se sustituye por la línea de actuación (L.A.) 18481802. Quedando, por tanto, la redacción del mismo de la siguiente manera: “El importe del crédito habilitado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997, asciende a 25.000.000 de pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.423C.480.00/L.A. 18481802”.

Por otra parte en la base duodécima (Medios y plazos de justificación), en el punto 12.3 dice: “Asimismo, se podrá exigir, para la justificación de subvenciones por importe superior a 5.000.000 de pesetas, que el beneficiario realice a su cargo una auditoría limitada a la comprobación del destino dado a las mismas”. Advertido error en el importe de 5.000.000 de pesetas, se modifica y se sustituye por 15.000.000 de pesetas. Quedando la redacción de la siguiente manera: “Asimismo, se podrá exigir, para la justificación de subvenciones por importe superior a 15.000.000 de pesetas, que el beneficiario realice a su cargo una auditoría limitada a la comprobación del destino dado a las mismas”.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de agosto de 1997.- La Directora General de Promoción Educativa, Carmen Delia Bethencourt Falero.

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