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BOC Nº 113. Viernes 29 de Agosto de 1997 - 1152

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Sanidad y Consumo

1152 - ORDEN de 4 de julio de 1997, por la que se regula el reconocimiento de interés sanitario para actos de carácter científico.

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Entre los objetivos del Sistema Canario de la Salud, según lo dispuesto en el Título IV de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, figura la promoción y desarrollo de las funciones docentes e investigadoras de las ciencias y técnicas relacionadas con la salud.

La presente Orden tiene por objeto establecer un mecanismo que contemple los criterios de valoración de aquellos actos de carácter científico que tengan como fin la difusión y expansión de conocimientos relacionados con la salud y se celebren en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Asimismo, pretende ser un instrumento de apoyo a las iniciativas, tanto públicas como privadas, que tiendan a promover la formación, ampliación, especialización o difusión de conocimientos científicos y técnicos sobre la salud.

En su virtud, de acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Artículo 1º.- La Consejería de Sanidad y Consumo podrá reconocer de interés sanitario aquellos actos de carácter científico que, organizados por corporaciones, fundaciones, asociaciones y cualesquiera otras entidades de naturaleza pública o privada que acrediten tener personalidad jurídica y estar legalmente constituidas, tiendan a promover la aplicación y difusión de las ciencias y técnicas relacionadas con la salud y se celebren en el ámbito territorial de la Comunidad Canaria.

Artículo 2º.- Corresponde al Servicio Canario de la Salud, vistos los informes y asesoramientos que estime procedentes, resolver sobre el reconocimiento de dicho interés. Las solicitudes se remitirán a la Dirección del Servicio Canario de la Salud y podrán presentarse en cualquiera de los registros que a tal fin establece el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 3º.- 1. Los organizadores del acto para el que se solicite el reconocimiento de interés sanitario habrán de dirigir solicitud que se ajuste al modelo establecido en el anexo, al menos tres meses antes de su celebración, con indicación de lugar y fechas previstos, y a la que se acompañarán los siguientes documentos:

a) Programa científico, que incluya un avance o síntesis de las comunicaciones o ponencias que se van a desarrollar, con la correspondiente relación de ponentes.

b) Presupuesto económico con expresión de la cuota establecida a los asistentes y, en su caso, otros medios de financiación del acto.

c) Datos referentes a la asociación o entidad organizadora. Si se trata de una asociación deberán constar los siguientes datos:

1. Nombre de la entidad.

2. Domicilio social.

3. Junta directiva.

4. Número de socios o miembros que la integran.

5. Publicaciones que edita.

6. Actos científicos y/o de interés sanitario organizados por la asociación en los últimos tres años.

En caso de ser una entidad de otra naturaleza, se harán constar los datos expresados en los apartados 1, 2, 3, 5 y 6.

2. Si una vez examinada la solicitud y la documentación que la acompaña, el órgano competente entendiere que los datos aportados son incompletos o no se ajustan a lo establecido, requerirá a la persona, asociación o entidad peticionaria para que en el plazo de 10 días naturales subsane las insuficiencias observadas, procediendo a archivar el expediente si en dicho plazo el requerimiento no fuese atendido.

Artículo 4º.- El reconocimiento de interés sanitario por parte de la Consejería de Sanidad y Consumo dará lugar a las siguientes facultades:

a) Usar este título en toda clase de documentación, a continuación de la denominación del acto.

b) Disfrutar de las exenciones que las leyes reconocen a favor de estos actos.

c) Recibir la ayuda técnica y asesoramiento que el Servicio Canario de la Salud pueda facilitar.

Artículo 5º.- El comité organizador o, en su defecto, los órganos directivos, estarán obligados a remitir dos copias de las conclusiones o acuerdos adoptados, a la Dirección del Servicio Canario de la Salud, en el plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de celebración del acto reconocido de interés sanitario. Su incumplimiento podrá suponer la denegación de ulteriores solicitudes.

Artículo 6º.- Sin perjuicio de lo establecido en los artículos anteriores, a todo acto científico le será de aplicación la normativa vigente en materia de publicidad y promoción médico-farmacéutica, así como la que regule la solicitud, utilización y justificación de fondos, ayudas y subvenciones, otorgados por la Administración de la Comunidad Autónoma.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

Los actos de carácter científico que hayan de desarrollarse en los tres meses posteriores a la entrada en vigor de esta Orden, podrán acogerse a los beneficios de la misma, sin que sea de aplicación el plazo de antelación exigido en el artículo 3º.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de julio de 1997.

EL CONSEJERO DE SANIDAD Y CONSUMO, Julio Bonis Álvarez.

A N E X O

Datos del solicitante:

Centro de trabajo: .............................................................................................................................................................. Nombre y apellidos: .............................................................................................................................................................. Dirección: ................................................................................................................................................................................ Provincia: ................................................................................ código postal: .................................................................... Teléfono: ................................................................................... fax: ............................................................................... .

Datos del evento:

Nombre y apellidos del responsable: ........................................................................................................................................... Cargo/grado de representación: ............................................................................................................................................. Nombre del evento: ................................................................................................................................................................. Lugar de celebración: .......................................................................................................................................................... Fecha: ............................................, teléfono: ..........................................................., fax: ............................................. .

Documentación que se deberá aportar con la presente solicitud: Programa Oficial del evento

Relación de ponentes y ponencias

..................................................................., a ........... de ........................................................ de 1997.

ILMO. SR. DIRECTOR DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

Calle Pérez de Rozas, 5. 38004-Santa Cruz de Tenerife.

Alfonso XIII, 5. 35071-Las Palmas de Gran Canaria.

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