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BOC Nº 112. Miércoles 27 de Agosto de 1997 - 2512

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2512 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Resolución de 4 de abril de 1997, del Director, por la que se tiene por desistida la solicitud de subvención formulada por Dña. Dolores Fernández López.- Expte. nº 7.873/96.

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Vista la solicitud referenciada, presentada el día 20 de septiembre de 1996 por Dña. Dolores Fernández López, ante el Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, mediante la que interesa le sea concedida subvención financiera, prevista en la Sección 2ª del Capítulo II del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el Fomento y el Mantenimiento del Empleo y de la Economía Social.

Resultando que el requerimiento formulado por el Instituto Canario de Formación y Empleo el 8 de noviembre de 1996, con número de registro de salida del citado Organismo 6172, de 14 de noviembre de 1996, a lo efectos de que se aporte por la interesada peticionaria la documentación preceptiva para tramitar dicho expediente y que fue notificado el día 27 de noviembre de 1996, no ha sido contestado hasta la fecha.

Considerando que el Instituto Canario de Formación y Empleo es competente para conocer la presente solicitud, a tenor de lo establecido en el artículo 5.Uno del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el Fomento y el Mantenimiento del Empleo y de la Economía Social.

Considerando la competencia que me atribuye el artículo 5º.Dos del mencionado Decreto para resolver la presente solicitud.

Considerando lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Tener por desistida la petición formulada por Dña. Dolores Fernández López a los efectos de acogerse a la subvención prevista en la Sección 2ª del Capítulo II del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el Fomento y Mantenimiento del Empleo y de la Economía Social.

Segundo.- Que se archive el expediente referenciado sin más trámites.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, contado desde la notificación de la presente Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de abril de 1997.- El Director, Aurelio Ayala Fonte.

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