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BOC Nº 112. Miércoles 27 de Agosto de 1997 - 1143

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1143 - ORDEN de 4 de agosto de 1997, por la que se confirman los destinos de los funcionarios del Cuerpo de Inspectores de Educación y del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración educativa.

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La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los Centros docentes crea el Cuerpo de Inspectores de Educación, dotándolo de carácter docente, regulando, además, la integración de los funcionarios que desempeñaban las funciones de inspección educativa al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así como reconociendo el derecho a integrarse en el mismo a los funcionarios del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración educativa, declarado a extinguir por la propia Ley Orgánica.

El Real Decreto 2.193/1995, de 28 de diciembre (B.O.E. de 30), modificado por el Real Decreto 1.573/1996, de 28 de junio (B.O.E. de 29), en desarrollo de aquella Ley Orgánica, establece las normas básicas para el acceso y la provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación y la integración en el mismo de los actuales Inspectores. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del citado Real Decreto, y a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 14 de noviembre de 1996 (B.O.E. de 14 de diciembre) dispone la integración en el Cuerpo de Inspectores de Educación de los funcionarios de Cuerpos docentes de Grupo A que accedieron a la función inspectora. Otra Orden del Ministerio de idéntica fecha nombra funcionarios de carrera del referido Cuerpo a los seleccionados en el concurso-oposición, turno especial, convocado por Orden de 28 de mayo de 1996, de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Canarias.

Por otra parte, el Decreto 86/1997, de 27 de mayo, modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, correspondiente a la Inspección Educativa, incluyendo en la plantilla de personal docente los puestos de trabajo correspondientes a las funciones de inspección educativa y desempeñados por funcionarios de los Cuerpos docentes.

Procede, pues, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 17.2 y 19.2 del Real Decreto 2.193/1995, modificado por el Real Decreto 1.573/1996, de 28 de junio, confirmar a los funcionarios que integran la plantilla de la Inspección Educativa en los destinos que ocupan, establecidos por Órdenes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, teniendo en cuenta la estructura de la plantilla del Cuerpo de Inspectores de Educación, hecha pública mediante Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 31 de julio de 1997.

En su virtud, y al amparo de las atribuciones reconocidas en la legislación vigente, esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes

ACUERDA:

Primero.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 y 19.2 del Real Decreto 2.193/1995, de 28 de diciembre (B.O.E. de 30), modificado por el Real Decreto 1.573/1996, de 28 de junio (B.O.E. de 29), los funcionarios del Cuerpo de Inspectores de Educación relacionados en los anexos de las Órdenes del Ministerio de Educación y Cultura de 14 de noviembre de 1996 (B.O.E. de 14 de diciembre) mantendrán los destinos que venían ocupando en la función inspectora tal como se señala en la relación que se publica como anexo a la presente Orden, de acuerdo con la configuración de la plantilla de la Inspección de Educación hecha pública mediante Orden de 31 de julio de 1997, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Segundo.- Los funcionarios del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración educativa que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 2.913/1995, de 28 de diciembre, en la redacción dada por el Real Decreto 1.573/1996, de 28 de junio, hayan optado u opten por su integración en el Cuerpo de Inspectores de Educación quedarán destinados, en su momento, y según lo establecido en el apartado 3 del artículo citado, en el puesto de trabajo de la función inspectora que vinieran desempeñando, de conformidad con la plantilla de la Inspección de Educación, publicada mediante Orden de 31 de julio de 1997.

Tercero.- Los funcionarios del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración educativa que se relacionan en el anexo de esta Orden, que han optado por no integrarse en el Cuerpo de Inspectores de Educación, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 16 del Real Decreto citado, continuarán ocupando los puestos que actualmente desempeñan en la Inspección de Educación, de conformidad con la configuración de la plantilla de la Inspección de Educación hecha pública mediante Orden de 31 de julio de 1997, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Contra la presente Orden, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, previa la comunicación a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes exigida por el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudieran interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de agosto de 1997.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

A N E X O

CUERPO DE INSPECTORES DE EDUCACIÓN


D.N.I. Apellidos, nombre Tipo plaza Localidad

42703280 Álamo García, Octavio I Las Palmas de Gran Canaria 42744537 Artiles Hernández, Ceferino I Las Palmas de Gran Canaria 42762357 Ávila Suárez, Manuel I Las Palmas de Gran Canaria 42599836 Bolaños Brito, Juan José I Las Palmas de Gran Canaria 42658495 Cancio León, Teresa II Las Palmas de Gran Canaria 42674744 Castellano Benítez, José Juan I Las Palmas de Gran Canaria 42763734 Castellano González, Francisco I Las Palmas de Gran Canaria 41943580 Castro Henríquez, Néstor José II Santa Cruz de Tenerife 42601161 Curbelo Fernández, Fernando Domingo I Arrecife 42752995 Falcón Castellano, Constanza I Las Palmas de Gran Canaria 42759808 Falcón Armas, Olegario Andrés I Santa Cruz de Tenerife 09614590 Fernández Marcos, Luis I Las Palmas de Gran Canaria 07737705 García Cuadrado, Antonio II Santa Cruz de Tenerife 42121270 Gómez Gómez, Bruna Ofelia I Santa Cruz de Tenerife 41963723 Gómez Gómez, Juan Imeldo II Santa Cruz de Tenerife 27154196 Gómez Bonillo, Juan II Las Palmas de Gran Canaria 42137899 González Expósito, Ana Teresa I Santa Cruz de La Palma 42128666 González González, Germán I Santa Cruz de La Palma 72864713 Hernández Martínez, Carmen I Las Palmas de Gran Canaria 27186023 Hernández Guarch, Fernando II Las Palmas de Gran Canaria 41842838 Izquierdo Dorta, Oswaldo II Santa Cruz de Tenerife 51044574 Macau Fábrega, M. Dolores II Santa Cruz de Tenerife 02097834 Manzano Pablos, Bernardo Epigmenio I Santa Cruz de Tenerife 42010086 Martín Hernández, Francisco Alberto II Las Palmas de Gran Canaria 50146658 Martín Muñoz, Gorgonio I Arrecife 42144677 Méndez Méndez, Jorge Luis II Santa Cruz de La Palma 42696309 Nieto Reguera, Joaquín III Puerto del Rosario 42147109 Pérez Pérez, Jorge Manuel II Santa Cruz de Tenerife 42140872 Pérez Martín, Luis III San Sebastián de La Gomera 42699568 Vera Rodríguez, Gabriel Antonio de II Las Palmas de Gran Canaria

CUERPO DE INSPECTORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

41777632 Bazo Díaz, Álvaro Pendiente destino 42571731 Domínguez Sánchez, Francisca I Las Palmas de Gran Canaria 41888481 Fagundo Plasencia, Ramón II Santa Cruz de Tenerife 41834816 Marín Vives, Milagros I Santa Cruz de Tenerife 42134553 Ramírez García, Miguel I Santa Cruz de Tenerife

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