Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 111. Lunes 25 de Agosto de 1997 - 1134

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1134 - CORRECCIÓN de errores de la Orden de 13 de junio de 1997, por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 1996, que dicta instrucciones para la implantación y coordinación de la Educación Secundaria Obligatoria (B.O.C. nº 92, de 18.7.97).

Descargar en formato pdf

Advertidos errores en la Orden de 13 de junio de 1997, por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 1996, que dicta instrucciones para la implantación y coordinación de la Educación Secundaria Obligatoria publicada en el Boletín Oficial de Canarias de 18 de julio, y considerando lo preceptuado en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las atribuciones que me son propias, resuelvo proceder a su corrección.

1. En la página 7978:

- Línea tercera del cuarto párrafo del apartado b) donde dice: “de Física y Química y de Ciencias naturales”, debe decir: “de Física y Química”.

- Línea sexta del párrafo sexto del apartado c) donde dice: “y, al menos, dos veces al mes durante el curso, convocadas por el Coordinador de Ámbito”, debe decir: “y semanalmente durante el curso, convocadas por el Coordinador de Ámbito. No obstante, de acuerdo con lo establecido en el apartado 5, podrá solicitarse la modificación de la periodicidad de las reuniones en aquellos distritos en los que existan dificultades para llevar a cabo la coordinación en la forma anteriormente indicada”.

- Párrafo séptimo, línea primera, donde dice: “En los distritos con 16 ó más grupos”, debe decir: “En los distritos con 12 ó más grupos”.

- Línea tercera del último párrafo donde dice: “Las reuniones de los equipos de área se realizarán, como mínimo, dos veces al mes durante todo el curso”, debe decir: “Los equipos de área se agruparán en las comisiones de ámbito indicadas anteriormente, desarrollando sus funciones en el mismo marco horario establecido para éstas. Asimismo, cada jefe de comisión de ámbito asumirá la jefatura del equipo de área al que esté adscrito”.

2. Página 7979:

- Línea cuarta del primer párrafo del apartado d), donde dice: “formado por los jefes de estudios de los centros que forman el distrito”, debe decir: “formado por los jefes de estudios, u otro miembro del equipo directivo que se encuentre adscrito al primer ciclo de la E.S.O., de los centros que forman el distrito”.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de julio de 1997.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES. José Mendoza Cabrera.

© Gobierno de Canarias