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BOC Nº 100. Miércoles 6 de Agosto de 1997 - 2358

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2358 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 12 de junio de 1997, del Director, relativo a notificación de requerimiento a la entidad Servicios Integrales Informáticos Canarios, Sociedad Cooperativa, para proceder a la justificación de la subvención concedida en materia de inversiones en capital fijo.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que con fecha 10 de abril de 1996 fue efectuado requerimiento del tenor literal siguiente:

En relación con la subvención en materia de inversiones en capital fijo concedida a esa entidad mediante Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo con fecha 8 de noviembre de 1994, modificada por otra de fecha 19 de octubre de 1996, por importe de dos millones quinientas mil (2.500.000) pesetas, de las previstas en la Orden de 30 de agosto de 1994, de regulación de programas y convocatoria de subvenciones de apoyo a las Entidades de Economía Social (B.O.C. nº 108, de 2.9.94), corrección de errores Orden de 19 de septiembre de 1994 (B.O.C. nº 120, de 30.9.94), en su modalidad de subvenciones para inversiones en capital fijo, artº. 9 de la citada norma; y a los efectos de poder tramitar la justificación de dicha subvención, cúmpleme comunicarle lo siguiente:

En el apartado tercero de la citada Resolución, en los mismos términos en el artº. 11, apartados dos y tres, y artº. 12 de la Orden de 30 de agosto de 1994, se establecía que la entidad beneficiaria vendrá obligada a justificar que el importe de la subvención ha sido invertido en la finalidad para la cual se concede, mediante presentación de facturas ajustadas según Real Decreto 2.402/1985, de 18 de diciembre, que en cualquier caso deben corresponder con los conceptos que figuran en las facturas proforma anexas a la solicitud, así como certificado de alta en el inventario de la empresa, en el plazo de tres meses contados desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión. El certificado de alta en el inventario habrá de presentarse por un período de tres años, anualmente, a partir de la fecha de alta en el inventario.

Que con fecha 31 de mayo de 1995 y 26 de diciembre de 1996 la Intervención Delegada en el Instituto Canario de Formación y Empleo procedió a informar favorablemente con respecto al primer y segundo plazo que abarca la subvención.

Por todo ello se le requiere para que en plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, remita a este Centro Directivo por medio de dos copias debidamente diligenciadas con sus originales, la documentación siguiente:

- Certificado, expedido por el Secretario del Consejo Rector con el Vº. Bº. del Presidente de la entidad, donde se haga constar detalladamente, reflejando los conceptos individualizados y su importe, que el inmovilizado objeto de subvención permanece en el inventario de la empresa el segundo año a partir de la fecha en que se produjo el alta en el mismo (3 de febrero de 1995), cuyo modelo se acompaña al presente requerimiento.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en los artículos 32 y 33 del Decreto 6/1995, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 13.2.95), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de junio de 1997.- El Director, Aurelio Ayala Fonte.

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