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BOC Nº 095. Viernes 25 de Julio de 1997 - 941

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

941 - DECRETO 136/1997, de 11 de julio, por el que se modifica parcialmente el Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social (B.O.C. nº 55, de 6.5.96).

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Mediante el Decreto del Gobierno de Canarias 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. de 6.5.96, corrección de errores en B.O.C. de 3.6.96 y 19.7.96), se regularon los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social, que ahora es preciso modificar y derogar por las siguientes razones en aras de la eficacia y de la eficiente asignación de los recursos.

El artículo 3, apartado tres, de dicho Decreto, estableció como requisito de carácter temporal para que las acciones incluidas en dichos programas sean subvencionables, que las mismas se hubieran realizado con antelación superior a tres meses a la fecha de la petición de subvención. Este requisito, configurado como factor de dinamización del carácter promocional de las acciones, resta eficacia a la consecución de los objetivos propios de dichas acciones, y de ahí la necesidad de su supresión.

Por otra parte, las acciones de fomento de dichos Programas consisten en el otorgamiento de subvenciones, que, por lo que se refiere al empleo, es preciso reestructurar con el propósito de aumentar la eficacia de las acciones, teniendo en cuenta al mismo tiempo los incentivos que con la misma finalidad han sido establecidos por el Real Decreto-Ley 9/1997, de 16 de mayo, a fin de lograr la eficiente asignación de todos los recursos en la lucha contra el desempleo, y de ahí la necesidad de derogar el Título I del expresado Decreto 69/1996, de 18 de abril, debiendo dichas acciones encauzarse mediante las correspondientes convocatorias que han de efectuarse de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de esta Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Asuntos Sociales y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 11 de julio de 1997,

D I S P O N G O:

Artículo primero.- El artículo 1 del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social, queda redactado como sigue: “Los programas a desarrollar y gestionar por el Gobierno de Canarias, a través del Instituto Canario de Formación y Empleo, para el fomento y el mantenimiento de la economía social, son los siguientes:

- Programas de fomento y mantenimiento de la economía social:

I.- Programa de fomento a la incorporación de personas desempleadas a las empresas de economía social en calidad de socio/s trabajador/es o de trabajo.

II.- Programas de subvenciones para inversiones en capital fijo.

III.- Programa de subvenciones financieras.

IV.- Programa de asistencia técnica.

V.- Programa de formación y promoción.”

Artículo segundo.- El artículo 3, apartado tres, del Decreto 69/1996, de 18 de abril, queda redactado como sigue:

“Tres.- No serán subvencionables las acciones realizadas en ejercicios anteriores a aquel en que se haya presentado la correspondiente solicitud.”

Artículo tercero.- Queda suprimido el Título I «Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo» (artículos 10 a 66 ambos inclusive) del mencionado Decreto 69/1996.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La normativa establecida en el Título I «Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo» del Decreto 69/1996, será aplicable a las solicitudes de subvenciones amparadas en dicho Decreto presentadas antes de la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, así como a la tramitación, concesión y justificación de dichas subvenciones.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Valverde de El Hierro, a 11 de julio de 1997.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES, Víctor Manuel Díaz Domínguez.

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