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BOC Nº 094. Miércoles 23 de Julio de 1997 - 935

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Comercio

935 - ORDEN de 19 de junio de 1997, por la que se aprueban las tarifas de auto-taxi, presentadas por el Ayuntamiento de Adeje (Tenerife).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Adeje en solicitud de aumento de las tarifas de auto-taxi para ese municipio.

RESULTANDO

Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, emitido en sesión ordinaria celebrada el 18 de junio de 1997 y dictaminando reducir parcialmente las tarifas propuestas por el citado Ayuntamiento, quedando como a continuación se reflejan:

TARIFAS

Concepto Importe

Bajada de bandera 160 ptas. Kilómetro recorrido 60 ptas. Hora de espera 1.100 ptas. SUPLEMENTOS

Maletas o bultos (1) 50 ptas./c.u. Domingos y festivos 60 ptas. Nocturnidad (2) 60 ptas.

(1) Siempre que su tamaño exija la colocación en el portabultos y la tarifa máxima por maletas o bultos acumulados no pueda sobrepasar las 200 pesetas, con independencia del número de maletas o bultos que porte el usuario.

(2) A aplicar entre las 22,00 horas y las 6,00 horas.

CONSIDERANDO

Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; la Orden de 26 de febrero de 1993, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios y se deroga la Orden de 23 de diciembre de 1987.

Vistos los Decretos del Gobierno de Canarias 187/1995, de 20 de julio, de reestructuración de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias; 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,

D I S P O N G O:

Autorizar al Ayuntamiento de Adeje las tarifas de auto-taxi solicitadas y reducidas parcialmente por la Comisión Territorial de Precios, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriores expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Industria y Comercio establecida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de junio de 1997.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, Francisco de la Barreda Pérez.

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