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BOC Nº 084. Lunes 30 de Junio de 1997 - 800

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

800 - RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 1997, de la Dirección General de Promoción Educativa, por la que se modifica la Resolución de 10 de marzo de 1997, que hace pública la convocatoria para la selección de participantes en la actividad de Escuelas Viajeras en convenio con el M.E.C., para el año 1997 (B.O.C. nº 38, de 24.3.97).

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Publicada la Resolución de 10 de marzo de 1997, de la Dirección General de Promoción Educativa, por la que se hace pública la convocatoria para la selección de participantes en la actividad de Escuelas Viajeras en convenio con el M.E.C., para el año 1997 (B.O.C. nº 38, de 24.3.97). Advertidos errores en la Resolución de convocatoria anteriormente citada,

R E S U E L V O:

Modificar dicha Resolución en los términos que a continuación se exponen:

1º) El concepto de “ayuda” ha de ser sustituido por el de “subvención”. 2º) En la base segunda, se sustituye el término Resolución de la Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa de 22 de enero de 1997, por Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 22 de enero de 1997.

3º) Se rectifica la base novena, en el sentido de sustituir la referencia de “propuesta de concesión” por la de “propuesta de selección”.

4º) A efectos de solventar la incongruencia que existe entre el plazo de justificación establecido en la base duodécima y el punto d) de la base decimotercera, se modifica dicho punto quedando el mismo de la siguiente forma:

d) Acreditar la realización de la actividad, así como el cumplimiento de las condiciones establecidas impuestas en el anexo VII de la Resolución de convocatoria, en los plazos establecidos en la base duodécima de dicha Resolución.

La presente Resolución se dicta por delegación de facultades del Consejero de Educación, Cultura y Deportes en la Directora General de Promoción Educativa, de conformidad con lo establecido en los apartados segundo y tercero de la Orden de 27 de diciembre de 1996, por la que se establecen programas educativos para la realización de actividades educativas y de ocio y tiempo libre, que puedan desarrollar los Centros Públicos de Enseñanza no universitarios y se delegan competencias en la Dirección General de Promoción Educativa.

Contra la Resolución dictada por delegación del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses desde su publicación, previa comunicación al órgano que dictó el acto impugnado, según el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de mayo de 1997.- La Directora General de Promoción Educativa, Carmen Delia Bethencourt Falero.

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