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1997/072 - Miércoles 04 de Junio de 1997

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 677 RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 1997, de la Dirección General de Personal, por la que se establece el plazo para que los Maestros integrantes de las listas de sustituciones modifiquen su disponibilidad en las mismas.

De conformidad con lo establecido en la base quinta de la Resolución de 20 de enero de 1997, de esta Dirección General, por la que se determina el procedimiento de cobertura de sustituciones en centros públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y los que impartan el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. de 5 de febrero), y con el fin de que las Direcciones Territoriales de Educación adecuen las actuales listas de sustituciones del Cuerpo de Maestros, antes de proceder a su reordenación por tiempo real de servicios prestados, para cubrir las necesidades correspondientes al curso 1997/98, esta Dirección General

r e s u e l v e:

Primero.- Los Maestros integrantes de las actuales listas de sustituciones provinciales, provenientes de las convocatorias publicadas mediante las Resoluciones de 27 de marzo de 1989 y de 23 de enero de 1997, podrán modificar voluntariamente su ámbito de prestación de servicios para el curso 1997/98, así como presentar la documentación que les acredite para la impartición de nuevas especialidades, de acuerdo con lo que se dispone en la presente Resolución.

Segundo.- Los participantes cumplimentarán una única instancia, cuyo modelo se acompaña como anexo de la presente Resolución, a la que adjuntarán, en su caso, la documentación acreditativa de la nueva especialidad, según lo previsto en la base cuarta de la Resolución de 23 de enero de 1997, de esta Dirección General (B.O.C. de 5 de febrero).

Tercero.- Las solicitudes se presentarán, entre los días 5 y 14 de junio de 1997, en cualquiera de las Direcciones Territoriales u Oficinas Insulares de Educación, o bien en alguno de los centros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.- El ámbito de prestación de servicios solicitado por cada participante no podrá modificarse durante el curso 1997/98.

Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, previa la comunicación a la Dirección General de Personal exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 1997.- El Director General de Personal, Jesús Torrent Samperio.

< Ver anexos - Página/s 5551 >
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