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r e s u e l v e:
Primero.- Los Maestros integrantes de las actuales listas de sustituciones provinciales, provenientes de las convocatorias publicadas mediante las Resoluciones de 27 de marzo de 1989 y de 23 de enero de 1997, podrán modificar voluntariamente su ámbito de prestación de servicios para el curso 1997/98, así como presentar la documentación que les acredite para la impartición de nuevas especialidades, de acuerdo con lo que se dispone en la presente Resolución.
Segundo.- Los participantes cumplimentarán una única instancia, cuyo modelo se acompaña como anexo de la presente Resolución, a la que adjuntarán, en su caso, la documentación acreditativa de la nueva especialidad, según lo previsto en la base cuarta de la Resolución de 23 de enero de 1997, de esta Dirección General (B.O.C. de 5 de febrero).
Tercero.- Las solicitudes se presentarán, entre los días 5 y 14 de junio de 1997, en cualquiera de las Direcciones Territoriales u Oficinas Insulares de Educación, o bien en alguno de los centros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarto.- El ámbito de prestación de servicios solicitado por cada participante no podrá modificarse durante el curso 1997/98.
Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, previa la comunicación a la Dirección General de Personal exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 1997.- El Director General de Personal, Jesús Torrent Samperio.
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Ver anexos - Página/s 5551
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