Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 071. Lunes 2 de Junio de 1997 - 1618

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

1618 - ANUNCIO de 24 de abril de 1997, de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, relativo a notificación de Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería de Administración Pública a Comercial Andorra, S.L., titular de la empresa operadora nº 522, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 39/97.

Descargar en formato pdf

Habiendo sido intentada la notificación de la Providencia y Pliego de Cargos en el domicilio que figura en el expediente sancionador nº 39/97, incoado a Comercial Andorra, S.L., titular de la empresa operadora nº 522, por infracción a la normativa sobre el juego, sin que haya podido practicarse al interesado, de conformidad con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación.

PROVIDENCIA

“Vista el acta de los funcionarios de la Inspección del Juego, de fecha 2 de abril de 1997, levantada en el establecimiento Bar Tonino, sito en La Zarza, calle La Vista, 4, y deduciéndose de la misma posibles infracciones a la normativa sobre el juego, iníciese expediente sancionador al titular de la empresa operadora nº 522, Comercial Andorra, S.L., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, nombrando Instructora del expediente a Dña. Aurora La Serna Ramos, Técnico Instructor de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, debiendo notificarse al interesado a los efectos de recusación previstos en el artº. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”

PLIEGO DE CARGOS

1º) Con fecha 2 de abril de 1997, fue levantada acta de infracción por funcionarios adscritos al Servicio de Inspección del Juego de esta Consejería, dando cuenta que en el establecimiento Bar Tonino, sito en La Zarza, calle La Vista, 4, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa del tipo “B”, TF-B-15.415, propiedad de la empresa operadora nº 522, Comercial Andorra, S.L., careciendo de los distintivos correspondientes del pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego del primer trimestre del año 1997, así como del Boletín de Instalación.

2º) Los hechos descritos suponen infracción a los artículos 30.1.d) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88), en cuya virtud, todas las máquinas a que se refiere el citado Reglamento, que se encuentren en explotación deberán llevar necesariamente incorporado a las mismas y de forma visible desde el exterior, entre otros, el justificante de pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego, incorporación que se efectuará en la parte frontal o lateral de la máquina; y a los artículos 12 y 31.1.b), por el que el Boletín de Instalación, debidamente tramitado y cumplimentado, deberá hallarse en todo momento en el local donde estuvieren en explotación las máquinas.

3º) De conformidad con lo previsto en los artículos 41.3 y 40.4 del citado Reglamento, la infracción debe calificarse de leve, la no incorporación en la máquina recreativa del distintivo correspondiente al pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego; y de grave, el no hallarse en el local el Boletín de Instalación, procediendo sancionar con multa de diez mil pesetas por la primera, y de cien mil pesetas, por la segunda, que hacen un total de ciento diez mil pesetas, según disponen los artículos 42 del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo y 22 de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias (B.O.C. nº 158, de 31.12.85), sin perjuicio de lo que pueda resultar de la instrucción.

4º) De conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.2 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, y 8.3 del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, el Viceconsejero de Administración Pública es competente para intervenir en la resolución de este expediente.

De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho, y en el que podrá solicitar el recibimiento a prueba del expediente, expresando los puntos de hecho sobre lo que ha de versar y articulando la prueba de que intenta valerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 1997.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan José Rodríguez y Rodríguez.

© Gobierno de Canarias