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Por Dña. Juana María Millares Lorenzo y tres más, se ha solicitado la legalización de un pequeño aprovechamiento de aguas superficiales del llamado Barranco de Siberio, en el lugar denominado La Casilla, del término municipal de Tejeda (isla de Gran Canaria), mediante la derivación de un caudal anual inferior a los 1.500 m3/año, con destino a riegos propios.
De conformidad con lo previsto en los artículos 73.3 de la Ley de Aguas de Canarias 12/1990, de 26 de julio, y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Decretos 152/1990, de 31 de julio, y 177/1990, de 5 de septiembre, se hace público a fin de que en el plazo de veinte días, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento, a cuyo efecto el expediente estará de manifiesto en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, sito en la Avenida Juan XXIII, 7, 2º, de esta capital, durante las horas de oficina.
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de abril de 1997.- El Vicepresidente, Andrés Rodríguez González.
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