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BOC Nº 056. Viernes 2 de Mayo de 1997 - 1285

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1285 - RESOLUCIÓN de 1 de abril de 1997, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de la Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo D-293/96, encontrándose en ignorado paradero el interesado.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de Dña. María Rodríguez Santana, a la vista de los informes policiales emitidos en la tramitación del expediente referido anteriormente, y siendo preciso notificarle la Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo seguido contra la misma, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. María Rodríguez Santana la Resolución recaída en el expediente que se le ha instruido, y cuya parte dispositiva dice textualmente:

- Desahuciar a Dña. María Rodríguez Santana, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de promoción pública sita en el Grupo Jinámar III, bloque 12, piso 2º, letra B, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el B.O.E. de 7 de septiembre de 1968.

- Que transcurridos quince días de la notificación de la Resolución y salvo que por la interesada se haga entrega de las llaves de la vivienda en cuestión en las dependencias de esta Dirección General, se proceda al lanzamiento de la misma de la vivienda adjudicada, así como del mobiliario y enseres, y demás personas que en ella hubiere.

- El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General, que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo recabar si lo estima necesario la ayuda de los agentes de la autoridad.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la presente, recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras, de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de abril de 1997.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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