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1997/051 - Lunes 21 de Abril de 1997

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 434 ORDEN de 7 de abril de 1997, por la que se ejecuta el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, de 10 de enero de 1997, por el que se declara ejecutada la Sentencia dictada por dicha Sala en recurso nº 289/94, en relación con la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 8 de julio de 1993, que resolvió sobre la adquisición de la condición de Catedrático convocada por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 19 de diciembre de 1991.

Primero.- Por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, se dictó Sentencia, con fecha 6 de marzo de 1996, en el recurso nº 289/94, promovido por Dña. Rita Dolores Santana Santana y otros, contra la Orden de 8 de julio de 1993, que resolvió sobre la adquisición de la condición de Catedrático de los participantes en la convocatoria publicada por Orden de 19 de diciembre de 1991, pronunciándose el siguiente fallo:

“Desestimar el recurso contencioso-administrativo formulado por Dña. Rita Dolores Santana Santana y otros contra la Orden de 8 de julio de 1993, del Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, referenciada en el antecedente de hecho primero de esta Sentencia, por ser conforme al ordenamiento jurídico.”

Segundo.- Sobre igual materia, se tramitó, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, el recurso nº 819/94, recayendo Sentencia de signo contrario a la de Las Palmas, y en la que se anulaba la resolución del concurso y se retrotraían las actuaciones hasta determinados momentos procedimentales.

En ejecución de dicha Sentencia se dictó la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de 30 de octubre de 1996, anulando el procedimiento y, con fecha 11 de diciembre de 1996, la Orden por la que se resolvía nuevamente el concurso, según los criterios contenidos en la propia Sentencia.

Tercero.- Planteada la contradicción de ambas sentencias ante la Sala de Las Palmas de Gran Canaria en incidente de imposibilidad legal de ejecución, por Auto de 10 de enero de 1997, se acuerda lo siguiente:

“Declarar ejecutada la Sentencia de esta Sala mediante el reconocimiento del derecho a adquirir la condición de Catedrático de Instituto, a los profesores incluidos en las listas publicadas por Orden de 8 de julio de 1993, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.”

En virtud de lo expuesto, y sin perjuicio de lo resuelto en la Orden de 11 de diciembre de 1996 (B.O.C. de 12.12.96), en ejecución de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife,

R E S U E L V O:

Dar cumplimiento al Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, de 10 de enero de 1997, reconociendo la condición de Catedrático en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Artes Plásticas y Diseño, a los profesores incluidos en las listas publicadas por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 8 de julio de 1993 (B.O.C. de 18.7.93), con los efectos administrativos y económicos mencionados en la misma, y con las modificaciones a la misma efectuadas por Orden de 24 de noviembre de 1993 (B.O.C. de 22.12.93).

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de abril de 1997.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Mendoza Cabrera.

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