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R E S U E L V O:
Notificar a Dña. Elizabeth del Valle Martín la Resolución recaída en el expediente que ha sido instruido, y cuya parte dispositiva establece:
Primero: se deniega a Dña. Elizabeth del Valle Martín el aplazamiento de las deudas cuya referencia obra en el encabezamiento de esta Resolución, por no aportar junto a la solicitud el correspondiente compromiso de aval al que se refiere el apartado primero del artē. 52 del Reglamento General de Recaudación.
Segundo: como consecuencia de esta denegación, se continuará el procedimiento de recaudación en vía de apremio.
Tercero: una vez realizado el pago de la deuda, por la Tesorería Insular correspondiente serán liquidados intereses de demora que resulten, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 del Real Decreto 1.684/1990, de 20 de diciembre (B.O.E. nē 3, de 3.1.90).
Contra la presente Resolución, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente, se podrá interponer, indistintamente, recurso de reposición ante el Director General del Tesoro y Política Financiera de la Consejería de Economía y Hacienda, en el plazo de 15 días contados a partir de la recepción de la presente notificación, o, en igual plazo, reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional, según lo establecido en el Real Decreto 1.999/1981, que no podrá simultanearse con lo anterior.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de diciembre de 1996.- El Director General del Tesoro y Política Financiera, Alberto Amorós Mustafá.
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