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BOC Nº 039. Miércoles 26 de Marzo de 1997 - 888

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

888 - RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 1997, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de trámite de audiencia recaído en el expediente VL-82/96, dirigida a Dña. Etelvina González Flores.

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Habiendo sido intentado sin que se pudiera practicarse la notificación del trámite de audiencia, recaído en el expediente VL-82/96, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada y conforme a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92, R. 1992, 2.512),

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. Etelvina González Flores el trámite de audiencia de fecha 19 de diciembre de 1996 recaído en el expediente referenciado, cuya parte dispositiva dice textualmente:

“En relación con el expediente arriba referenciado que por denuncia de Dña. Ana Campos Montero, se tramita en esta Dirección General de Vivienda, contra Dña. Etelvina González Flores, por deficiencias en la vivienda sita en calle Ortega y Gasset, 8, Edificio Pérez, 1º, derecha, en esta capital y cumpliendo lo ordenado en el artº. 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ponemos en su conocimiento que el expediente se halla de manifiesto a los efectos oportunos en la Sección de Disciplina de Vivienda, sita en Residencial Anaga, calle J.R. Hamilton, Edificio Daida, 1ª planta, Santa Cruz de Tenerife, a fin de que a su vista se formule, si a su derecho conviniese, las justificaciones que estime pertinentes por sí mismo, o por medio de su representante legal debidamente acreditado, conforme establece el artº. 32 de la citada Ley, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a esta notificación, transcurrido el cual se le considerará decaído en su derecho a este trámite.

Las deficiencias comprobadas por nuestros Servicios Técnicos son las siguientes de acuerdo con el Decreto de 23 de noviembre de 1940 (B.O.C. nº 50, de 19 de abril) y el Decreto Territorial 47/1991, de 25 de marzo, de la Comunidad Autónoma de Canarias, por los que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas.

DEFICIENCIAS:

Signos de humedad, en paramentos del baño, alrededor del bajante general, deterioro de guarnecidos de yeso, papel y pintura.

Signos de humedad por capilaridad en parte baja de paramentos de la pared de división del pasillo y dormitorio principal con el baño.

OBRAS A EJECUTAR:

1.- Localización y reparación de la deficiencia en bajante general.

2.- Reposición de enlucidos de yeso y papel, posterior tratamiento de pintura en paramentos afectados del baño.

3.- Localización de la fuga y reparación o sustitución en la red de desagües o de agua del baño de la vivienda 1º derecha.

4.- Reposición de enlucidos de yeso y papel, posterior tratamiento de pintura en parte baja de paramentos afectados de humedad por capilaridad en pasillo y dormitorio principal.

5.- Reposición del fusible correspondiente a esta vivienda en el cuadro general.

PLAZO DE EJECUCIÓN: 20 días.” Santa Cruz de Tenerife, a 19 de febrero de 1997.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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