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BOC Nº 038. Lunes 24 de Marzo de 1997 - 329

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

329 - DECRETO 30/1997, de 6 de marzo, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas.

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Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas para la modificación de su relación de puestos de trabajo.

Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas a las exigencias actuales de dicho Departamento.

Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 41.1 de la Ley Territorial 5/1996, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997 y demás disposiciones vigentes de aplicación.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Presidencia y Relaciones Institucionales y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 6 de marzo de 1997,

D I S P O N G O:

Artículo único.- 1. Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas en los términos de los anexos I, II y III del presente Decreto.

2. Reasignar los números de los puestos de trabajo, en los términos del anexo IV.

3. Una vez introducidas las referidas modificaciones, la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas queda en los términos del anexo V.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 6 de marzo de 1997.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Ignacio Manuel González Santiago.

Ver anexos - páginas 2991-3113

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