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1997/026 - Lunes 24 de Febrero de 1997

IV. ANUNCIOS
Administración Local
Cabildo Insular de Tenerife

Regresar al sumario 576 ANUNCIO de 22 de enero de 1997, sobre notificación de Resoluciones de iniciación de procedimiento sancionador en materia de caza.

Providencia de 22 de enero de 1997, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de caza que se relacionan, sobre notificación de Resoluciones de iniciación de procedimiento sancionador.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, los cargos especificados en el expediente que les ha sido instruido por este Cabildo Insular por infracción administrativa en materia de caza:

- Órgano competente para resolver y norma que le atribuye la competencia: Consejero Delegado de Medio Ambiente. Resolución del Sr. Consejero Insular del Área de Infraestructura y Medio Ambiente de 2 de noviembre de 1995 (B.O.P. nº 13, de 29.1.96).

- Se nombra Instructor a D. Horacio Velázquez Dorta y sustituto de éste para el caso de ausencia o enfermedad a D. José Gregorio Rodríguez Rodríguez, y Secretaria a Dña. Candelaria Rodríguez Pérez y sustituta de ésta para el caso de ausencia o enfermedad a Dña. María del Carmen Rodríguez Felipe, que podrán ser recusados conforme a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 13, apartado 2º, del Reglamento del Procedimiento Sancionador, en relación con lo dispuesto en el artículo 16.1 del mismo Reglamento, los interesados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la presente Providencia, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen conveniente o proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse, con la advertencia de que en el supuesto de no presentar alegaciones la Resolución de iniciación podrá ser considerada Propuesta de Resolución, en cuyo caso dispondrán de un nuevo plazo de quince (15) días, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo inicialmente concedido.

Los expedientados podrán reconocer su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá la sanción que se señala. En la sanción pecuniaria, el pago voluntario antes de la resolución podrá dar lugar a la terminación del procedimiento. De optar por el pago, deberá realizarlo mediante ingreso del total de las cantidades correspondientes a las multas, sustituciones de comiso e indemnizaciones en la cuenta corriente número 00031114004629 de CajaCanarias, haciendo constar en el documento de ingreso el número de expediente sancionador y presentando copia justificativa del ingreso en el Departamento de Caza de este Cabildo, bien personalmente o por correo.

Significar, asimismo, que el rescate de armas, cuando se haya acordado, podrá obtenerse previo abono en papel de pagos al Estado de las cantidades señaladas, en los plazos establecidos en el apartado anterior, dándose a las armas no rescatadas, el destino que ordena el artículo 48 del Código Penal.

1) Nº EXPTE.: 62/96; DENUNCIADO: D. Jorge Bernardo Delgado Martín; HECHO INFRACTOR: cazar en época de veda con 4 perros; FECHA DE LA INFRACCIÓN: 15 de junio de 1996, a las 20,15 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Saltadero de Los Gatos, Barricasa, San Isidro, en el término municipal de Granadilla de Abona; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.18; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave; POSIBLE SANCIÓN: multa de cinco mil (5.000) pesetas; ABONO: cuatro mil (4.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: nueve mil (9.000) pesetas.

2) Nº EXPTE.: 290A/97; DENUNCIADO: D. Santiago Pérez Torres; HECHO INFRACTOR: cazar con una escopeta de noche en cuadrilla, amparándose de la luz artificial de un vehículo; FECHA DE LA INFRACCIÓN: 15 de septiembre de 1996, a las 2,50 horas, habiendo capturado 3 conejos; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: carretera de Arico, en el término municipal de Arico; POSIBLE CALIFICACIÓN: muy grave a tenor de lo establecido en la Disposición Derogatoria del Código Penal aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre; POSIBLE SANCIÓN: multa de cincuenta mil (50.000) pesetas; INDEMNIZACIÓN: tres mil (3.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: cincuenta y tres mil (53.000) pesetas.

3) Nº EXPTE.: 333/96; DENUNCIADO: D. Alonso Rodríguez Alonso; HECHO INFRACTOR: cazar en zona de seguridad con 1 hurón; FECHA DE LA INFRACCIÓN: 12 de octubre de 1996, a las 14,30 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Polígono de Güímar, en el término municipal de Güímar; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.8; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave; POSIBLE SANCIÓN: multa de cinco mil (5.000) pesetas; ABONO: mil (1.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: seis mil (6.000) pesetas.

4) Nº EXPTE.: 334/96; DENUNCIADO: D. Alonso Rodríguez Castro; HECHO INFRACTOR: infringir normas específicas contenidas en la Orden General de Vedas, con 2 perros y 1 hurón; FECHA DE LA INFRACCIÓN: 17 de octubre de 1996, a las 18,40 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Montaña del Socorro, en el término municipal de Güímar; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 2.14, apreciándose también la circunstancia agravante de reincidencia; POSIBLE CALIFICACIÓN: menos grave; POSIBLE SANCIÓN: multa de siete mil (7.000) pesetas; ABONO: tres mil (3.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: diez mil (10.000) pesetas.

5) Nº EXPTE.: 341/96; DENUNCIADO: D. José Antonio Benítez Benítez; HECHO INFRACTOR: cazar en zona de seguridad con una escopeta; FECHA DE LA INFRACCIÓN: 12 de octubre de 1996, a las 8,00 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Finca el Fiscal, Campo de Golf, en el término municipal de Tacoronte; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.8; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave; POSIBLE SANCIÓN: multa de cinco mil (5.000) pesetas.

6) Nº EXPTE.: 343/96; DENUNCIADO: D. José Luis Rodríguez Batista; HECHO INFRACTOR: cazar en terrenos cinegéticos especiales sin documentación y habiendo capturado 1 conejo; FECHA DE LA INFRACCIÓN: 6 de octubre de 1996, a las 9,00 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: El Charcón, en el término municipal de La Laguna; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.8; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave; POSIBLE SANCIÓN: multa de cinco mil (5.000) pesetas; INDEMNIZACIÓN: mil (1.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: seis mil (6.000) pesetas.

7) Nº EXPTE.: 351/96; DENUNCIADO: D. Isidro Miguel García Melián; HECHO INFRACTOR: asistir a una jornada de Caza Mayor sin estar autorizado; FECHA DE LA INFRACCIÓN: 9 de agosto de 1996, a las 7,30 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Pino Gordo, en el término municipal de Vilaflor; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.8; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave; POSIBLE SANCIÓN: multa de cinco mil (5.000) pesetas.

8) Nº EXPTE.: 364B/96; DENUNCIADO: D. Miguel Martín Díaz; HECHO INFRACTOR: cazar en zona de seguridad; FECHA DE LA INFRACCIÓN: 17 de octubre de 1996, a las 11,00 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Carretera General de Chío, en el término municipal de Guía de Isora; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.8, apreciándose también la circunstancia agravante de reincidencia simple; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave; POSIBLE SANCIÓN: multa de siete mil quinientas (7.500) pesetas.

9) Nº EXPTE.: 376A/96; DENUNCIADO: D. Fulgencio de la Paz Rodríguez; HECHO INFRACTOR: cazar en zona de seguridad con 1 hurón; FECHA DE LA INFRACCIÓN: 24 de octubre de 1996, a las 17,37 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Autopista del Norte, km 20, en el término municipal de El Sauzal; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.8; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave; POSIBLE SANCIÓN: multa de cinco mil (5.000) pesetas; ABONO: mil (1.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: seis mil (6.000) pesetas.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de enero de 1997.- El Instructor, Horacio Velázquez Dorta.

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