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BOC Nº 015. Lunes 3 de Febrero de 1997 - 146

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial

146 - RESOLUCIÓN de 21 de enero de 1997, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 29 de octubre de 1996, que aprueba definitivamente la revisión del Plan Parcial Sector 9 de las Normas Subsidiarias de Santa Lucía de Tirajana, promovido por Irco, S.A., término municipal de Santa Lucía de Tirajana (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de fecha 29 de octubre de 1996, por el que se aprueba definitivamente la revisión del Plan Parcial Sector 9 de las Normas Subsidiarias de Santa Lucía de Tirajana, promovido por Irco, S.A., término municipal de Santa Lucía de Tirajana, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de enero de 1997.- El Director General de Urbanismo, Juan César Muñoz Sosa.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 29 de octubre de 1996, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero: aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, la revisión del Plan Parcial Sector 9 de las Normas Subsidiarias de Santa Lucía de Tirajana (Gran Canaria), promovido por Irco, S.A., al haberse subsanado la totalidad de las deficiencias señaladas por esta Comisión en sesión precedente, celebrada el 29 de marzo de 1996, estableciéndose expresamente la preceptividad de la previa tramitación y aprobación de un Plan Especial que aborde la ordenación del Sistema General Comercial previsto en el Sector.

Segundo: el presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, Cabildo Insular de Gran Canaria y cuantos interesados se hayan personado en el correspondiente expediente administrativo.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artº. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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