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R E S U E L V E:
Exponer en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares las listas definitivas según los siguientes anexos:
Anexo I: aspirantes admitidos, por Cuerpos, especialidades y orden de prelación.
Anexo II: aspirantes excluidos, por orden alfabético con expresión de los motivos de exclusión.
Anexo III: reclamaciones estimadas y desestimadas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Dirección General de Personal exigida en el artē. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de enero de 1997.- El Director General de Personal, Jesús Torrent Samperio.
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