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Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Dña. Rosa María Álvarez González, por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Protección del Territorio se ha dictado Resolución de 15 de julio de 1996, recaída en el expediente AC196/96 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
Conceder el trámite de audiencia por plazo de diez (10) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Santiago del Teide y a Dña. Rosa María Álvarez González para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:
- Determinación de si en el local se reproducirá música de forma manual o mecánica, y en caso de producirse, datos justificativos de los niveles de ruido máximo en el interior del local, aislamiento acústico de paredes, techo y suelos, y nivel máximo de ruidos emitidos al exterior.
- En el caso que la cocina del restaurante tenga equipos de cocción se deberá aportar características de los mismos, así como datos de las extracciones indicando potencia de los motores de extracción y volumen en m3/h, filtros con que cuenta la campana extractora, conducto independiente por el que circulan los gases extraídos y zona del exterior hacia donde se evacuan los mismos, con planos donde pueda comprobarse que no causarán molestias ni a vecinos ni a transeúntes.
Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.
Santa Cruz de Tenerife, a 10 de diciembre de 1996.- El Jefe del Servicio, Jesús Bernardos Correa.
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