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Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a D. Benito García Hernández, por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Protección del Territorio se ha dictado Resolución de 18 de marzo de 1996, recaída en el expediente AC19/96 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
Conceder el trámite de audiencia por plazo de diez (10) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de La Laguna y a D. Benito García Hernández para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:
- Cumplimiento de los Reglamentos de aplicación para las instalaciones de gas-oil proyectadas.
Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.
Santa Cruz de Tenerife, a 10 de diciembre de 1996.- El Jefe del Servicio, Jesús Bernardos Correa.
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