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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 124.1 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, y 12.2 de la Ley 7/1990, de 14 de mayo, de Disciplina Urbanística y Territorial, se hace público que esta Corporación, en sesión plenaria celebrada el día 26 de septiembre de 1996, aprobó definitivamente el Estudio de Detalle, promovido por la Entidad Mercantil Construcciones Polegre, S.L. de la parcela 21 (3) situada en el ámbito de actuación El Cabezo, El Médano, el cual ha tenido entrada en la Consejería de Política Territorial, el día 12 de diciembre de 1996, número 19704.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación al Ayuntamiento, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Granadilla de Abona, a 18 de diciembre de 1996.- El Alcalde-Accidental, José Alfonso Delgado Delgado.
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