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BOC Nº 169. Lunes 30 de Diciembre de 1996 - 2136

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad y Consumo

2136 - ORDEN de 27 de diciembre de 1996, por la que se establecen las cuantías máximas del gasto de los contratos a autorizar por los Órganos del Servicio Canario de la Salud.

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El Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) estableció en sus artículos 16, apartados 2 y 3 y 28, apartados 2 y 3, el límite cuantitativo máximo de contratación del Director del Servicio Canario de la Salud, de los Directores Generales y del Secretario General, de los Directores de Área y de los Gerentes de Atención Primaria, Directores Gerentes de Hospitales y Gerentes de Servicios Sanitarios respectivamente.

Posteriormente, la Ley 9/1995, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1996 (B.O.C. nº 116, de 30.12.95) estableció en su artículo 30.2 que por Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, se establecerían las cuantías máximas del gasto de los contratos a autorizar por los distintos órganos competentes del Servicio Canario de la Salud.

La complejidad del mundo sanitario hace necesario que la gestión de las competencias que tienen atribuidas los diferentes órganos del Servicio Canario de la Salud y, en concreto, las de contratación, sean más ágiles y eficaces con la única finalidad de adecuar las prestaciones ofertadas a las demandas asistenciales de la población canaria.

Por ello, en virtud de lo establecido en el precitado artículo 30.2 de la Ley 9/1995, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1996,

D I S P O N G O:

La cuantía máxima del gasto de los contratos a autorizar por los diferentes órganos de contratación del Servicio Canario de la Salud queda establecida de la siguiente forma:

Para el Director del Servicio Canario de la Salud, en ciento noventa millones (190.000.000) de pesetas. DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de diciembre de 1996.

EL CONSEJERO DE SANIDAD Y CONSUMO, Julio Bonis Álvarez.

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