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Por Real Decreto 2.465/1996, de 2 de diciembre (B.O.E. y B.O.C. de 20 de diciembre) se amplían los medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de protección a la mujer.
En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 1996,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Las funciones y medios que en materia de protección a la mujer han sido traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 2.465/1996, de 2 de diciembre, se asignan a la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales. DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y surtirá efectos en la fecha de efectividad del traspaso, el 1 de enero de 1997.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 23 de diciembre de 1996.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.
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