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El anexo IX del Decreto 25/1996, de 9 de febrero, sobre el régimen y cuantía de las retribuciones de los altos cargos, personal eventual, funcionarios y personal laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio de 1996, fija las retribuciones de los Directores de Área del Servicio Canario de la Salud.
Considerando que resulta procedente incrementar las mismas, a fin de adecuarlas al grado de responsabilidad de quienes desempeñan dichos cargos, por cuanto a pesar de la asimilación de los Directores de Área a los altos cargos del Organismo Autónomo, efectuada por la Disposición Transitoria Segunda del indicado Decreto 25/1996, de 9 de febrero, sus retribuciones son inferiores a las de éstos.
En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 10 de diciembre de 1996,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se modifica el anexo IX del Decreto 25/1996, de 9 de febrero, sobre el régimen y cuantía de las retribuciones de los altos cargos, personal eventual, funcionarios y personal laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio de 1996, quedando redactado de la siguiente forma:
A N E X O I X
RETRIBUCIONES DE LOS DIRECTORES DE ÁREA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD (cuantías mensuales) DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Arrecife, a 10 de diciembre de 1996.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Ignacio Manuel González Santiago. EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.
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