Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 149. Miércoles 27 de Noviembre de 1996 - 3453

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

3453 - RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 1996, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de Resolución del recurso ordinario recaída en el expediente sancionador S-1/95, dirigida a la entidad Ogarit, S.A., en ignorado domicilio.

Descargar en formato pdf

Habiendo sido intentada sin que se pudiera practicar la notificación de Resolución del recurso ordinario recaída en el expediente sancionador S-1/95, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada, y conforme a lo previsto en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre, R. 1992, 2.512), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Notificar a la entidad Ogarit, S.A. la Resolución de fecha 2 de agosto de 1996, obrante en el expediente sancionador de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:

“1. Desestimar las alegaciones y pretensiones aducidas por D. Miguel Peláez Castillo, actuando en representación de la entidad Ecisa Canarias, S.A., en recurso ordinario contra Resolución de la Dirección General de Vivienda de fecha 24 de noviembre de 1995.

2. Corregir el error de transcripción detectado en la parte dispositiva de la indicada Resolución, en el sentido de incluir entre las viviendas a reparar la nº 1 A, propiedad de D. Carmelo Jiménez Mena, procediendo la confirmación de sus restantes extremos, por ser plenamente ajustados a Derecho.”

Este acto agota la vía administrativa. Contra el mismo cabe deducir recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, previa comunicación a este Centro Directivo, conforme exige el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de octubre de 1996.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

© Gobierno de Canarias