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BOC Nº 140. Miércoles 6 de Noviembre de 1996 - 1846

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación

1846 - RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 1996, de la Viceconsejería de Agricultura, de calificación como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (O.P.F.H.) para el producto “tomate” de la entidad Cooperativa Agrícola Acaymo.

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Visto el Reglamento (C.E.E.) nº 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de frutas y hortalizas, que contempla, entre otras acciones, la creación de Organizaciones de Productores para lo que se exige, entre otros requisitos, la obligación a sus asociados de someterse a ciertas reglas, sobre todo en materia de producción y comercialización.

Visto el Real Decreto 1.101/1986, de 6 de junio (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación), que regula la constitución de las Organizaciones de Productores.

Visto el informe propuesta del Director General de Política Agroalimentaria, relativo a la calificación de la Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (O.P.F.H.) y promovido por la entidad Cooperativa Agrícola Acaymo. Considerando la conveniencia de fomentar estas entidades asociativas que, de acuerdo con el marco normativo comunitario, se establecen con el fin de fomentar la concentración de la oferta y la regularización de los precios en la fase de producción.

En virtud del apartado d) del artículo 27 del Decreto 55/1996, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación,

R E S U E L V O:

Primero.- Calificar como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas a la entidad Cooperativa Agrícola Acaymo, de acuerdo con el régimen establecido en el Reglamento (C.E.E.) nº 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972.

Segundo.- Esta calificación se otorga para el producto “tomate”.

Tercero.- El ámbito geográfico de actuación de la entidad Cooperativa Agrícola Acaymo, como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas para el producto “tomate”, es el de la isla de Tenerife.

Cuarto.- Se procederá por la Dirección General de Política Agroalimentaria a la inscripción de la entidad calificada en el Registro de Agrupaciones de Productores Agrarios, Sección 1ª, de acuerdo con el Decreto 6/1994, de 14 de enero, y la Orden de 29 de abril de 1994, de la Consejería de Agricultura y Alimentación, con el número 1010.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de octubre de 1996.- El Viceconsejero de Agricultura, Alonso Arroyo Hodgson.

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