Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 134. Miércoles 23 de Octubre de 1996 - 1764

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

1764 - ORDEN de 7 de octubre de 1996, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, con carácter interino, de tres (3) plazas adscritas al Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala Arquitectos e Ingenieros Técnicos, especialidad Ingenieros Técnicos Industriales (Grupo B), vacantes en la Consejería de Industria y Comercio.

Descargar en formato pdf

Siendo preciso cubrir con carácter interino tres (3) plazas del Grupo B adscritas al Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, en la especialidad de Ingenieros Técnicos Industriales en la Consejería de Industria y Comercio, y existiendo razones para su urgente provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y en el Decreto 131/1985, de 26 de abril, por el que se regulan la selección y nombramiento de funcionarios interinos, esta Consejería, en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 7 del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales,

R E S U E L V E:

Primero.- Convocar pruebas selectivas para la provisión con carácter interino de tres (3) plazas del Grupo B, adscritas al Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, especialidad Ingenieros Técnicos Industriales, vacantes en la Consejería de Industria y Comercio, mencionadas en la base primera.

Segundo.- La plaza vacante referenciada con el nº 15.03.09.016, denominada Jefe de Negociado Baja Tensión, que es una de las plazas objeto de la presente convocatoria, será incluida en la primera oferta de empleo público que se efectúe en la Administración de esta Comunidad Autónoma. Dicha plaza, además, deberá ser incluida en los procedimientos de concurso entre funcionarios, que se celebre; excluyéndose las restantes con motivo de encontrarse reservadas legalmente a personal funcionario.

Tercero.- Las citadas pruebas selectivas se regirán por las siguientes

BASES

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la convocatoria la provisión con carácter interino, por el sistema de concurso-oposición, de tres (3) plazas del Grupo B, adscritas al Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, especialidad Ingenieros Técnicos Industriales, relacionadas a continuación:

Nº R.P.T.: 15.03.05.006. DENOMINACIÓN: J/N Racionalización y Ahorro Energético. NIVEL: 22. C.E.: 40. LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: 3.43.

Nº R.P.T.: 15.03.09.015. DENOMINACIÓN: J/N Alta Tensión. NIVEL: 22. C.E.: 40. LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: 3.43.

Nº R.P.T.: 15.03.09.016. DENOMINACIÓN: J/N Baja Tensión. NIVEL: 22. C.E.: 40. LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: 3.43.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano español, de conformidad con las leyes vigentes.

b) Tener 18 años cumplidos.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni haber sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera.- Solicitudes.

a) Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposición deberán dirigir solicitud a esta Consejería, en instancia según modelo que se acompaña como anexo I a la presente convocatoria, que será facilitada gratuitamente en las Oficinas de la Dirección General de la Función Pública, instaladas en la calle José de Zárate y Penichet, Edificio Arco Iris, 1º, Residencial Anaga, Santa Cruz de Tenerife, y en las Oficinas Centrales de Registro e Información dependientes de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, sitas en los Edificios Administrativos de Usos Múltiples, ubicados en la Plaza de los Derechos Humanos, s/n, de Las Palmas de Gran Canaria, en la calle José Manuel Guimerá, 8 (II), y Avenida de Anaga, 35 (I), Santa Cruz de Tenerife.

Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada, y en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. b) El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

c) A las instancias solicitando tomar parte en las pruebas, se acompañará inexcusablemente el recibo acreditativo del abono de los derechos de examen, cuyo importe se encuentra señalado en el apartado siguiente, que se efectuará mediante impreso que se facilitará en las oficinas mencionadas en el apartado a) anterior, junto con los méritos que se esgriman en la fase de concurso.

d) El importe de la tasa a satisfacer para participar en la presente convocatoria, asciende a la cantidad de mil novecientas doce (1.912) pesetas resultante de la aplicación del coeficiente 1,035 (previsto en el artículo 44 de la Ley 9/1995, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1996), a la cuantía establecida en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, de la Consejería de Economía y Hacienda, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias; y su ingreso podrá efectuarse en cualquier Banco o Caja de Ahorros que tenga la calificación de Entidad Colaboradora, mediante el impreso “documento de ingreso” que se facilitará en las oficinas anteriormente mencionadas.

e) En todo caso, todos los opositores-concursantes habrán de poseer los méritos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta.- Admisión. a) Expirado el plazo de presentación de instancias, la Dirección General de la Función Pública dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, haciendo pública la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, se indicará el plazo de subsanación de defectos que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se concede a los aspirantes excluidos; así como el lugar, fecha y hora del comienzo del único ejercicio.

Los aspirantes que dentro del plazo de subsanación de defectos no presentasen la pertinente reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos del concurso-oposición.

b) Contra la citada Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos (2) meses desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 8, apartados b) y f) del Decreto 164/1994, anteriormente citado. Quinta.- Tribunal Calificador. 1º) El Tribunal Calificador se compone de cinco miembros, estando constituido de la siguiente forma:

Presidente: Titular: D. Juan Antonio León Robaina, Director Territorial de Industria y Energía de Las Palmas, de la Consejería de Industria y Comercio.

Suplente: D. Horacio Ríos Ramírez, Jefe de Servicio de Seguridad Industrial de la Consejería de Industria y Comercio. Vocal 1º:

Titular: D. Manuel Sánchez Rodríguez, Jefe de Servicio de Energía, de la Consejería de Industria y Comercio.

Suplente: D. Antonio Carreras Fontsere, Jefe de Servicio de Seguridad Industrial, de la Consejería de Industria y Comercio. Vocal 2º:

Titular: D. Francisco Alsó Pérez, Jefe de Sección de Instalaciones Industriales, de la Consejería de Industria y Comercio.

Suplente: D. Francisco Romero Hernández, Jefe de Sección de Autorizaciones, de la Consejería de Industria y Comercio.

Vocal 3º:

Titular: D. Roberto Álvarez Felipe, Jefe de Servicio de Personal Laboral, en representación de la Dirección General de la Función Pública.

Suplente: D. Antonio Rodríguez Pastrana Malagón, Jefe de Sección de Personal Laboral, en representación de la Dirección General de la Función Pública.

Secretario/a:

Titular: Dña. Aída Segarra Sánchez, Jefa de Sección de Instalaciones Eléctricas, de la Consejería de Industria y Comercio.

Suplente: D. Alfredo Curbelo Hernández, Jefe de Sección de Combustibles y otras Energías, de la Consejería de Industria y Comercio.

2º) El Tribunal Calificador podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, siendo necesaria, en todo caso, la asistencia del Presidente y el Secretario. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente. 3º) Los miembros del Tribunal Calificador y, en su caso, el personal colaborador, tendrán derecho a percibir las indemnizaciones o dietas que les correspondiesen en relación al servicio, y a los derechos de asistencia que se atribuyen a los miembros de los Tribunales de la categoría segunda (Decreto 124/1990, de 29 de junio, sobre indemnizaciones por razón del servicio, B.O.C. nº 88, de 16.7.90) y modificaciones posteriores), con un número máximo de 4 asistencias por cada miembro del Tribunal.

A estos efectos, el Secretario del Tribunal expedirá certificación acreditativa de cada una de las sesiones del Tribunal y de las personas asistentes a las mismas.

4º) Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieran incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5º) La Dirección General de la Función Pública podrá nombrar funcionarios públicos para colaborar en el desarrollo del proceso de selección. Dicho personal limitará su actuación, bajo las instrucciones del Presidente del Tribunal, al desarrollo de tareas de llamamiento de aspirantes, entrega y recogida de documentos y otras análogas.

La relación del personal colaborador se expondrá, en lista certificada por el Secretario del Tribunal, en el lugar de celebración del ejercicio, antes del inicio del mismo.

Sexta.- Sistema selectivo. La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición.

El concurso-oposición constará de dos fases: oposición y concurso; solamente quienes superen la primera, que será eliminatoria, pasarán a la segunda. La suma de la puntuación obtenida en ambas fases será la que determine el orden final de los aspirantes, quedando seleccionado entre los mismos, y por dicho orden, como máximo, un número de aspirantes igual al de las plazas convocadas.

Séptima.- Fase de oposición.

La fase de oposición se compone de un único ejercicio que consistirá en desarrollar por escrito, en un periodo máximo de dos horas, dos temas del programa que se acompaña como anexo II a la presente convocatoria, a elegir entre tres que se escogerán por el Tribunal al azar justo antes del comienzo del ejercicio.

Una vez desarrollados por escrito los temas, deberán leerse por los aspirantes ante el Tribunal Calificador. Para aprobar este ejercicio será necesario obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos, pudiéndose obtener una puntuación máxima de diez (10) puntos.

El resultado de la fase de oposición será publicado en el plazo máximo de diez días en el tablón de anuncios de la Dirección General de la Función Pública y en los locales donde se haya celebrado el ejercicio.

Octava.- Fase de concurso.

En esta fase se valorarán los méritos alegados por los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, y que hayan sido acreditados documentalmente, en el momento de la presentación de la solicitud.

La puntuación máxima a otorgar en esta fase de concurso es de cuatro (4) puntos, de conformidad con el baremo de valoración de méritos que se especifica a continuación:

8.1. Expediente académico:

Se valorará hasta un máximo de 1 punto, aplicando los siguientes criterios:

a) por cada notable: 0,10.

b) por cada sobresaliente: 0,15.

c) por cada matrícula de honor: 0,20.

d) por cada titulación académica superior, distinta de la exigida para participar: 0,40.

e) Grado de Doctor: 0,50.

8.2. Experiencia en la Administración Pública: por servicios prestados en cualesquiera de las Administraciones Públicas, desempeñando tareas propias de la especialidad, se valorará a razón de 0,08 puntos por mes de servicios efectivamente prestados, hasta un máximo de 1 punto.

8.3. Cursos específicos: se valorarán los cursos específicos sobre temas relacionados con el puesto a desempeñar, a razón de 0,1 punto por curso, hasta un máximo de 1 punto.

8.4. Conocimiento informático a nivel de usuario (Msdos, Windows, Word, Excel, Acces, Base de datos), debidamente acreditado mediante Diploma o certificación oficial, a razón de 0,1 punto por curso, hasta un máximo de 0,25 puntos.

8.5. Experiencia en la empresa privada, debidamente acreditada, valorándose por cada año de experiencia: 0,25 puntos, hasta un máximo de 0,75 puntos.

Novena.- Calificación final. La calificación final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

Décima.- Comienzo y desarrollo del ejercicio.

a) El ejercicio de la fase de oposición se celebrará en el lugar, fecha y hora señalados en la Resolución prevista en la base cuarta.

b) El orden de llamamiento de los aspirantes comenzará por la letra que se señale en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que al efecto se dicte en el presente año 1996, siendo convocados los aspirantes en único llamamiento, quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan o realicen el ejercicio.

c) Los aspirantes deberán concurrir a las pruebas provistos de su Documento Nacional de Identidad. En cualquier momento los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad.

d) Corresponde al Tribunal velar por el correcto desarrollo del procedimiento selectivo y la consideración y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, resolviendo mediante decisión motivada en relación con la interpretación y ejecución de las presentes bases.

Undécima.- Lista de aprobados.

Efectuada la valoración de los méritos, el Tribunal expondrá debidamente certificada por el Secretario, con el visto bueno del Presidente del Tribunal, en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, en la Dirección General de la Función Pública y en las Oficinas Centrales de Información y Registro, una lista con la puntuación otorgada a los aspirantes en la fase de concurso, así como la obtenida en la fase de oposición, y la suma de ambas, que determinará el orden final de los aspirantes. Vistos los resultados finales, el Tribunal Calificador declarará aprobado por orden de puntuación, un número de aspirantes que como máximo será el de las plazas convocadas, el cual integrará la propuesta de nombramiento.

Duodécima.- Propuesta de nombramiento. La propuesta de nombramiento, junto con las Actas del Tribunal y demás documentación del proceso selectivo, serán elevadas a esta Consejería, a través de la Dirección General de la Función Pública.

Decimotercera.- Aportación de documentación.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de veinte (20) días naturales desde que se haga pública la relación a la que se refiere la base undécima, mediante la correspondiente instancia, la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del mismo.

c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base segunda, apartado d), de la presente convocatoria.

d) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

e) Relación en la que se haga constar el orden de preferencia para ocupar las plazas convocadas.

Decimocuarta.- Nombramiento.

Los aspirantes que hubieren presentado en tiempo y forma la documentación exigida en la base anterior y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios interinos del Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, adjudicándoseles tales plazas por el orden de puntuación obtenida y según la preferencia en su momento manifestada debiendo tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la citada publicación.

Decaerán de su derecho quienes no tomaran posesión en dicho plazo, salvo que medie solicitud y concesión de prórroga justificada.

Dichos funcionarios cesarán, en todo caso, cuando el puesto de trabajo que desempeñen sea provisto por funcionarios de carrera por procedimiento legal o por supresión del puesto.

Decimoquinta.- Impugnación.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en los supuestos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de octubre de 1996.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Ignacio Manuel González Santiago.

Ver anexos - página 9471

N E X O I I

Tema 1.- La Constitución española. El Gobierno: composición y funciones. La Administración Central, Periférica e Institucional.

Tema 2.- La Comunidad Autónoma de Canarias: organización y competencias.

Tema 3.- La Consejería de Industria y Comercio: organización y competencias.

Tema 4.- Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El procedimiento administrativo: concepto y fases. Actos administrativos. Requisitos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.

Tema 5.- Los recursos administrativos: principios generales. Recurso: ordinario y de revisión.

Tema 6.- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria: promoción, modernización y competitividad.

Tema 7.- Situación energética del Archipiélago Canario. Análisis de la situación general. Plan Energético de Canarias: directrices y objetivos.

Tema 8.- Ley de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional. Régimen económico. Producción y transporte. Calidad del suministro. Reglamento de verificaciones eléctricas y regularidad en el suministro.

Tema 9.- Real Decreto-Legislativo 1.302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento de ejecución (Real Decreto 1.131/1988, de 30 de septiembre). Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ambiental.

Tema 10.- Diseño de instalaciones eléctricas de baja tensión. Normativa de aplicación.

Tema 11.- Diseño de instalaciones de gases licuados del petróleo (GLP). Normativa de aplicación.

Tema 12.- Diseño de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria. Normativa de aplicación.

Tema 13.- Instalaciones de una industria en general: descripción, normativa e instalaciones específicas de alta tensión, baja tensión, aire acondicionado, frío industrial, aparatos a presión, aire comprimido, agua, contraincendios, gases licuados del petróleo (GLP) y gasoil.

Tema 14.- Instalaciones de alta tensión: estaciones transformadoras, líneas de alta tensión. Descripción y normativa. Tema 15.- Fabricación de cementos y sus derivados. Especial referencia a Canarias.

Tema 16.- Elaboración de productos del tabaco. Especial referencia a Canarias.

Tema 17.- Diseño y normas sobre talleres de reparación de vehículos automóviles.

© Gobierno de Canarias