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1996/133 - Lunes 21 de Octubre de 1996

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 3006 Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 5 de septiembre de 1996, del Director, relativo a notificación de requerimiento a la entidad Ifecan, Sociedad Cooperativa Limitada, para proceder a la justificación de la subvención concedida en materia de rentas de subsistencia, en ignorado domicilio.

Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que con fecha 24 de marzo de 1995 fue efectuado requerimiento del tenor literal siguiente:

En relación con la subvención en materia de rentas de subsistencia, concedida a esa Entidad mediante Orden del Consejero de Trabajo y Función Pública, con fecha 31 de diciembre de 1993, por importe de tres millones cincuenta mil (3.050.000) pesetas, de las previstas en el Decreto 177/1993, de 28 de mayo (B.O.C. nē 87, de 7.7.93), por el que se regulan los programas del Gobierno de Canarias para el fomento de empleo y a los efectos de poder tramitar la justificación de dicha subvención, cúmpleme comunicarle lo siguiente:

En el apartado tercero de la citada Resolución y en los mismos términos en el artē. 20 del Decreto citado se establecía que la Entidad beneficiaria vendrá obligada a justificar que el importe de la subvención ha sido invertido en la finalidad para la cual se concede, mediante la presentación anual, y durante tres años a partir de la fecha de ingreso del socio trabajador en la Entidad, recibos acreditativos del pago del salario y los boletines de cotización a la Seguridad Social.

Por todo ello se le requiere para que en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, remitan a este Centro Directivo por medio de dos copias, debidamente diligenciadas con sus originales, la documentación siguiente correspondiente a los socios trabajadores subvencionados:

- Recibos del pago de las cuotas de la Seguridad Social y nóminas correspondientes al periodo abril 95-marzo 96.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo, se estará a lo dispuesto en el artē. 32.1.b) del Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad en que pueda incurrir el beneficiario.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de septiembre de 1996.- El Director, Aurelio Ayala Fonte.

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