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Resultando que mediante Resolución de fecha 17 de septiembre de 1996 se aprobó el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que rige la presente contratación, así como la realización de un gasto máximo de 17.688.000 pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 96.18.02.421A.229.08 de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Resultando que finalizado el plazo de presentación de proposiciones consta en el expediente acta calificando la documentación presentada por las empresas Limpiezas Victoria, S.L. y Pedro A. Quesada Cruz, así como de apertura de la proposición económica.
Resultando que la Mesa de Contratación eleva propuesta de adjudicación a favor de la empresa Limpiezas Victoria, S.L. para el lote nº I y Pedro A. Quesada Cruz para el lote nº II.
Considerando lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto a la adjudicación de los contratos por procedimiento negociado.
Considerando lo previsto en el artículo 1 de la Orden de 15 de enero de 1992, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que delegan atribuciones en distintos titulares de Centros Directivos del Departamento,
R E S U E L V O:
1º) Adjudicar por el procedimiento negociado sin publicidad el servicio de limpieza en diversos centros docentes dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a favor de las empresas Limpiezas Victoria S.L. para el lote nº I por importe de 10.223.616 pesetas, y para la empresa Pedro A. Quesada Cruz para el lote nº II por importe de 7.392.000 pesetas.
2º) Requerir a las indicadas empresas para que en el plazo de quince días hábiles contados desde la notificación de la presente, constituyan a disposición de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la garantía definitiva ascendente al 4% del importe de licitación, y cuyo importe es de 411.840 pesetas y 295.680 pesetas para las empresas Limpiezas Victoria, S.L. y Pedro A. Quesada Cruz, respectivamente, en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
3º) Requerir a las indicadas empresas para que en el plazo de treinta días naturales contados desde el siguiente al de la notificación de la presente, se proceda a formalizar el contrato.
Contra el presente acto, dictado por delegación del Consejero de Educación, Cultura y Deportes en virtud de la Orden de 15 de enero de 1992 y que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su notificación, previa comunicación al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de septiembre de 1996.- La Secretaria General Técnica, María Teresa Larrea Díez.
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