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En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda
R E S U E L V E:
Notificar a Seconar, S.L. que se le concede un plazo de cuatro días para proceder al inicio de las reparaciones respecto a las deficiencias detectadas en visita de inspección técnica de fecha 19 de julio de 1996, respecto a los bloques 1, 2, 5 y 6 del Grupo 104 Viviendas Cabo Blanco, consistentes en:
a) Filtraciones de agua a través de la cubierta, que afectan a las viviendas de los últimos pisos, con el consiguiente deterioro del enfoscado y de la pintura del interior de las viviendas.
b) Filtraciones de agua a través de las fachadas laterales, producidas aparentemente por un mal encuentro entre el paño vertical y el remate del faldón de la cubierta, sin que se observe de una forma clara un sellado de fisuras.
Asimismo se le apercibe que, transcurrido dicho plazo sin que por esa empresa se haya dado cumplimiento a lo requerido, se procederá a la ejecución subsidiaria de dichas obras, todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación al artículo 98 de la misma.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de agosto de 1996.- El Director General de Vivienda, p.s., el Director General de Aguas, Juan Carlos Ibrahim Perera.
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