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Advertido error en el texto remitido en la Resolución de 12 de junio del año en curso, referente a la notificación de Resoluciones,
R E S U E L V O:
1.- Modificar la Resolución de 12 de junio de 1996 (B.O.C. nº 107, de 26.8.96), en los términos siguientes: donde dice notificación de denuncias -Pliego de Cargos-, debe decir notificación de Resoluciones sancionadoras.
2.- Donde dice los interesados disponen de un plazo de quince días, a partir de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a sus derechos convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse, debe decir notificar a los titulares de los vehículos que se citan, las Resoluciones que han recaído en los expedientes sancionadores instruidos en esta Dirección General por infracción a la legislación de transportes por carretera.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de agosto de 1996.- El Director General de Transportes, p.s., la Jefe de Servicio de Inspección y Sanciones (Orden de 9.8.96; B.O.C. nº 101, de 19.8.96), Marta Mérida Ramos.
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