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Vista la solicitud obrante en el expediente.
Visto que el citado funcionario fue transferido por el Real Decreto 2.798/1982, de 12 de agosto, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Canarias en materia de cultura.
Vistos los informes de la Dirección General de la Función Pública y de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Vista la Disposición Adicional Undécima de la Ley Territorial 10/1992, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1993, por la que son de aplicación las mismas normas a los funcionarios transferidos y a los funcionarios que hayan accedido al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante los sistemas de concurso y libre designación y teniendo en cuenta las siguientes
consideraciones jurÍdicas
1ª) Que se integran en los correspondientes Cuerpos o Escalas en que se organiza la función pública canaria, todos los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que hayan pasado al servicio de la Administración Pública de esta Comunidad Autónoma por el sistema de concurso o de libre designación convocados antes del 4 de abril de 1987 o hayan sido adscritos antes de esa fecha.
2ª) Que el funcionario D. José María Vela Elola-Olaso, transferido por el Real Decreto 2.798/1982, quedó integrado plenamente en el Grupo A, “a extinguir”, de la Comunidad Autónoma de Canarias, a la entrada en vigor de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, de acuerdo a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera.Dos.1 y 2 de la citada Ley.
Visto el artículo 7 del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales y las demás disposiciones de aplicación, en el ejercicio de las facultades conferidas por las normas en vigor,
R E S U E L V O:
Uno.- Aprobar la integración con carácter provisional del funcionario público de carrera D. José María Vela Elola-Olaso, con D.N.I. nº 149.405, en el Grupo A,“a extinguir”, de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Dos.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias a fin de que los interesados puedan formular reclamaciones durante el plazo de quince días, aportando los documentos y justificaciones que estimen pertinentes (punto 5º de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 13 de junio de 1989, por la que se establece el procedimiento a seguir para la integración de los funcionarios transferidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de los asumidos por ésta, en los Cuerpos y Escalas de la misma, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria).
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de septiembre de 1996.
el consejero de presidencia
y relaciones institucionales,
Ignacio Manuel González Santiago.
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