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No teniendo constancia este Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria del domicilio de D. Benito López Miranda, titular del expediente nº 804-T.P., donde se le autorizó la ejecución de labores de alumbramiento de aguas subterráneas en terrenos particulares en el lugar conocido como El Lomo, del término municipal de Gáldar, y siendo preciso notificarle el Decreto de fecha 22 de abril de 1996, por el que se declararon finalizadas las obras del pozo con una profundidad de 33 m y la caducidad de la autorización concedida en el expediente de referencia, se le comunica que contra este acto puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de agosto de 1996.- El Gerente, José Luis Guerra Marrero.
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