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BOC Nº 103. Miércoles 21 de Agosto de 1996 - 2344

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

2344 - RESOLUCIÓN de 22 de julio de 1996, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de Propuesta de Resolución recaída en el expediente sancionador S-17/95, dirigida a la entidad mercantil Construcciones Alcalá, S.A. y a D. Roque Luis Hernández Perdomo, en ignorado domicilio.

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Habiendo sido intentada sin que se pudiera practicar la notificación de Propuesta de Resolución, recaída en el expediente sancionador S-17/95, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada, en dicho procedimiento y conforme a lo previsto en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre, R. 1992, 2.512), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, R E S U E L V O:

Notificar a la entidad mercantil Construcciones Alcalá, S.A. y a D. Roque Luis Hernández Perdomo, la Propuesta de Resolución de fecha 15 de mayo de 1996, obrante en el expediente sancionador de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:

“Sancionar a Construcciones Alcalá, S.A., con multa de 250.000 pesetas, como autora de una infracción muy grave al régimen legal de viviendas de protección oficial, tipificada en el artº. 153.C).6 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por los defectos de construcción existentes en la vivienda sita en la Urbanización Timanfaya, 402, en San Fernando de Maspalomas, San Bartolomé de Tirajana.

Requerir a Construcciones Alcalá, S.A., en virtud de lo dispuesto en el artº. 155 in fine del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, para que en el plazo de quince días desde la notificación de la resolución de este expediente, ejecute las obras de reparación necesarias para subsanar los defectos constatados en la vivienda objeto de este expediente.

Requerir en el mismo sentido a Visocan (Promotora) en virtud del artº. 111 párrafo 2º del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio.”

Contra esta Propuesta de Resolución, podrán los interesados formular las alegaciones que en su derecho convengan, ante esta Dirección General de Vivienda, en el plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tablón de edictos, respectivamente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de julio de 1996.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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