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BOC Nº 097. Viernes 9 de Agosto de 1996 - 1346

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1346 - DECRETO 179/1996, de 18 de julio, por el que se delimita el Bien de Interés Cultural con categoría de zona arqueológica del Roque de Teneguía, en el término municipal de Fuencaliente de La Palma, isla de La Palma.

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La Dirección General de Patrimonio Artístico y Cultural por Resolución de 29 de septiembre de 1975 (B.O.E. nº 264, de 4 de noviembre), acuerda tener por incoado expediente de declaración de monumento histórico-artístico, con carácter provincial, a favor del Roque de Teneguía, en Fuencaliente de La Palma.

Posteriormente, por Resolución de 4 de mayo de 1987, de la Dirección General de Cultura, se acuerda archivar el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor del monumento histórico-artístico del Roque de Teneguía, dado que de conformidad con el artículo 40.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se declaran Bienes de Interés Cultural por ministerio de dicha Ley las cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre.

No obstante, y de conformidad con el artículo 11.2 de la Ley 16/1985, la resolución del expediente que declara un Bien de Interés Cultural deberá describirlo claramente, delimitando, en el supuesto de inmuebles, el entorno afectado.

Todo lo anterior queda reflejado en la Resolución del Cabildo Insular de La Palma de 13 de junio de 1994, incoando, en consecuencia, el Cabildo Insular de La Palma, por Resolución de 29 de noviembre de 1994 (B.O.C. nº 17, de 8.2.95), expediente para la delimitación del Bien de Interés Cultural con categoría de zona arqueológica del Roque de Teneguía, sito en el término municipal de Fuencaliente de La Palma, isla de La Palma.

La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (B.O.E. nº 155, de 29.6.85), y Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio (B.O.E. nº 52, de 2.3.94).

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 18 de julio de 1996,

D I S P O N G O:

Delimitar el Bien de Interés Cultural con categoría de zona arqueológica del Roque de Teneguía, en el término municipal de Fuencaliente de La Palma, en la isla de La Palma, conforme a la descripción, delimitación y ubicación en planos definidas por los anexos (I y II), a este Decreto.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en su caso, previa la comunicación exigida por el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 18 de julio de 1996.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

A N E X O I

El Roque de Teneguía se encuentra en el vértice sur de la isla de La Palma, a unos 500 metros sobre el nivel del mar y en la falda suroeste del volcán de San Antonio, en el término municipal de Fuencaliente de La Palma.

La cota donde el Roque de Teneguía se levanta es un escalón de moderna estructura volcánica de naturaleza basáltica. Por debajo de este escalón el terreno desciende en brusca pendiente hasta la costa cubierta de malpaís o campos de lava. El paisaje es de color negro, con los caseríos de los Quemados y las Indias de Fuencaliente, al oeste.

Se sabe que en 1646 el volcán de Tigalate proyectó sobre el término de Fuencaliente masas de lapilli y cenizas que afectaron al Roque y que en 1677 la erupción del volcán de San Antonio lanzó una lluvia de lava y lapilli que cubrió parcialmente el Roque, en su cara oriental.

El 29 de octubre de 1971, a poco más de un año de la excavación arqueológica hecha en el borde este del Roque por D. Diego Cuscoy, Director del Museo Arqueológico de Santa Cruz, como consecuencia de la denuncia que le fue efectuada por un grupo de jóvenes del municipio ante la eminente construcción de un canal o acueducto que iba a atravesar el Roque (el cual fue perforado por su base para colocar la dinamita), y que puso al descubierto nueve bloques con grabados rupestres, se produjo la erupción del volcán al que se dio nombre de Teneguía por proximidad al Roque de este nombre. Esta erupción cegó la zona excavada, pero el yacimiento no fue afectado.

El Roque de Teneguía es una estructura de formación geológica muy antigua de fonolita haüynica, de color amarillento pálido. Su coloración se destaca del paisaje negro de lava que lo rodea. El Roque, y otros menores, próximos, son los únicos testigos geológicos de naturaleza fonolítica que se levantan en el vértice sur de la isla.

El Roque, de mayor altitud, se encuentra a una cota de 418 metros sobre el nivel del mar, siendo su altura de unos 30 a 35 metros de este a oeste y de 80 metros de norte a sur. Su superficie es aproximadamente de 2.000 m2, estando su cara oriental totalmente cubierta de grabados rupestres. Éstos aparecen agrupados o aislados, y en conjunto forman más de un centenar de temas, constituidos por espirales simples, dobles, y acorazadas, laberintos espiraliformes, meandros, círculos simples, múltiples, óvalos y temas lineales esgrafiados. Muchos temas aparecen superpuestos, habiéndose utilizado para su grabado la técnica picada y por deslascado, desconociéndose actualmente su cronología exacta, a pesar de que se sabe que corresponde a época prehispánica.

Aparte de su importancia como zona arqueológica, el Roque fue famoso por su Fuente Santa de aguas termales mineromedicinales que manaban de sus proximidades “Las Indias de Fuencaliente”, cuya alusión se corresponde con la riqueza y auge que adquirió el lugar por la gran afluencia de enfermos que desde América acudían a curar sus males en la salutífera fuente, la cual fue cegada por las erupciones del siglo XVII.

La delimitación se define por medio de una circunferencia que tiene su punto geométrico en el Roque de Teneguía (cota 418) y un radio de 150 metros.

Ver anexos - página 6558

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