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1996/093 - Viernes 02 de Agosto de 1996

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Industria y Comercio

Regresar al sumario 1281 ORDEN de 27 de junio de 1996, por la que se modifica el plazo para la instalación de puertas y de un sistema de alumbrado de emergencia y dispositivo de petición de socorro en cabinas de ascensores carentes de los mismos.

La Orden de 20 de junio de 1991, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 88, de 3 de julio de 1991, estableció la obligación de instalar puertas y un sistema de alumbrado de emergencia y dispositivo de petición de socorro en cabinas de ascensores, en el plazo de tres años.

La aprobación de dicha Orden Departamental obedecía a la necesidad de mejorar de forma sustancial los elementos que contribuyen a la seguridad activa y pasiva de los aparatos elevadores para reducir al mínimo posible el riesgo de accidentes.

A tal fin, la Consejería de Industria y Comercio, en los últimos años, venía convocando, mediante distintas Órdenes Departamentales, subvenciones para instalación en cabinas de ascensores de puertas interiores, de sistemas autónomos de emergencia para el alumbrado y dispositivos de petición de socorro.

Dado que en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias estos últimos años no se ha contemplado partida alguna destinada a la concesión de subvenciones para ascensores, y teniendo en cuenta que existe actualmente en Canarias un número importante de ascensores que no reúnen los elementos de seguridad exigidos por la precitada Orden de 20 de junio de 1991, es por lo que resulta aconsejable modificar el plazo señalado en la Disposición Transitoria de la referida Orden al 1 de enero del año 2000, con el fin que los titulares de los ascensores puedan llevar a efecto la mencionada obligación.

En consecuencia, a propuesta del Director General de Industria y Energía, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y por el artículo 4º del Decreto 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio,

D I S P O N G O:

Artículo único.- El plazo de los tres años establecido en la Disposición Transitoria de la Orden de 20 de junio de 1991, para la instalación de puertas interiores y de un sistema de alumbrado de emergencia y dispositivo de petición de socorro en las cabinas de ascensores carentes de los mismos se modifica al 1 de enero del año 2000.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se autoriza a la Dirección General de Industria y Energía a adoptar las medidas necesarias para la aplicación de la presente Orden.

Segunda.- La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de junio de 1996.

EL CONSEJERO DE

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Francisco de la Barreda Pérez.

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