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BOC Nº 088. Lunes 22 de Julio de 1996 - 1172

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación

1172 - ORDEN de 3 de julio de 1996, de convocatoria pública para la concesión de subvenciones cofinanciadas por la Unión Europea dentro de la iniciativa comunitaria de reestructuración del sector pesquero (iniciativa comunitaria Pesca), conforme al Decreto 123/1995, de 11 de mayo.

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El Decreto Territorial 6/1995, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 13.2.95), en su artículo 10.2, establece la necesidad de que cuando se realicen convocatorias cuya vigencia sea indefinida, deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias anualmente la correspondiente resolución fijando el plazo de presentación de solicitudes, el importe correspondiente al ejercicio de que se trate y su aplicación presupuestaria. En dicha resolución deberá hacerse mención expresa a la convocatoria a la que se refiere y el Boletín Oficial de Canarias en que fue publicada.

Mediante el Decreto 123/1995, de 11 de mayo, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 91, de 19 de julio, se establecen las normas que regulan la concesión de subvenciones dentro de la iniciativa comunitaria de reestructuración del sector pesquero (iniciativa comunitaria “Pesca”).

Como el citado Decreto es de carácter indefinido, es procedente dictar la correspondiente resolución anual, en cumplimiento del artículo 10.2 del citado Decreto 6/1995, de 27 de enero.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que me otorga el artículo 5.1 del Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se regula el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- 1. Convocar las subvenciones reguladas por el Decreto 123/1995, de 11 de mayo, destinadas al sector pesquero con la finalidad de establecer las condiciones necesarias que propicien su transformación y mitiguen las consecuencias sociales y económicas de la misma dentro de la iniciativa comunitaria de reestructuración del sector pesquero (iniciativa comunitaria “Pesca”), con cargo a la aplicación presupuestaria 13.09.714E, códigos económicos 470.00, 480.00, 450.00 y 460.00, línea de actuación 16.4034.02 “Contingencias desfavorables. Iniciativas Comunitarias”, por importe global de treinta millones (30.000.000) de pesetas.

2. La presente Orden de convocatoria va referida a la aportación económica de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 2.- 1. Las solicitudes y documentación señaladas en el Decreto 123/1995, de 11 de mayo, se presentarán dirigidas al titular de la Consejería en el Registro General de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, o por cualquier medio de los contemplados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El plazo de presentación de las mismas expirará el próximo día 30 de septiembre como viene recogido en el Decreto regulador.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Se considerarán admitidas aquellas solicitudes de ayudas y/o subvenciones que para este fin hayan tenido entrada en el Registro General de esta Consejería a partir de la publicación del Decreto 123/1995, de 11 de mayo, y cumplan los requisitos del mismo.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 1996.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, Eduardo Jordán Martinón.

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