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BOC Nº 087. Viernes 19 de Julio de 1996 - 2008

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

2008 - RESOLUCIÓN de 10 de junio de 1996, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de Resolución recaída en el expediente sancionador S-31/94, dirigida a D. Carmelo Santana Alemán, en ignorado domicilio.

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Habiendo sido intentada sin que se pudiera practicar la notificación de Resolución, recaída en el expediente sancionador S-31/94, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada, y conforme a lo previsto en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre, R. 1992, 2.512), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Carmelo Santana Alemán la Resolución de fecha 27 de febrero de 1996, obrante en el expediente sancionador de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:

“- Sancionar a D. Raimundo Álamo Henríquez y D. Juan Ramírez Sánchez con multa de 50.000 pesetas cada uno, como autores de sendas infracciones graves al régimen legal de V.P.O., tipificada en el artº. 153.B).12 del Reglamento aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por la realización de construcciones no autorizadas en las viviendas 1º C, 1º D y 2º D de edificio sito en la calle Almirante Carrero Blanco, 75, en Arinaga.

- Requerir a D. Raimundo Álamo Henríquez y D. Juan Ramírez Sánchez para que en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación de la Resolución, demuelan lo ilegalmente construido, bajo apercibimiento de que de no proceder conforme a ello, se les irrogarán los perjuicios a que hubiere lugar en Derecho.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Vivienda del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente Resolución, según establece el artº. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.”

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de junio de 1996.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.

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