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BOC Nº 087. Viernes 19 de Julio de 1996 - 2004

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

2004 - RESOLUCIÓN de 10 de junio de 1996, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de trámite de vista y audiencia recaído en el expediente sancionador S-34/91, dirigida a D. Antonio Cabrera Trujillo, en ignorado domicilio.

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Habiendo sido intentada sin que se pudiera practicar la notificación de trámite de vista y audiencia, recaído en el expediente sancionador S-34/91, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada en dicho procedimiento, y conforme a lo previsto en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre, R. 1992, 2.512), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Antonio Cabrera Trujillo el trámite de vista y audiencia de fecha 25 de marzo de 1996, del recurso ordinario formulado por D. José Jesús Muñoz Pérez, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de fecha 11 de enero de 1996, recaído en el expediente sancionador S-34/91, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Para su conocimiento y notificación, adjunto se remite fotocopia adverada del recurso ordinario interpuesto por D. José Jesús Muñoz Pérez, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de fecha 11 de enero de 1996, pudiendo, de conformidad con lo prevenido en el artº. 112.2, en relación con el 84.1 y 2, de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, formular contra el mismo las alegaciones y justificaciones que estime oportunas en defensa de sus intereses, ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Vivienda, de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias, en el plazo de diez días.

Para mayor celeridad en su tramitación y resolución, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artº. 116.1 de la citada Ley, las alegaciones al recurso deberán ser presentadas en tiempo y forma, en esta Dirección General de Vivienda.”

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de junio de 1996.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.

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