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BOC Nº 078. Viernes 28 de Junio de 1996 - 1795

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1795 - RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 1996, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de la Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo D-242/95, encontrándose en ignorado paradero el interesado.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de D. Segundo González Segura, a la vista de los informes policiales emitidos en la tramitación del expediente referido anteriormente, y siendo preciso notificarle la Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo, seguido contra el mismo, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O:

Notificar a D. Segundo González Segura la Resolución recaída en el expediente que se le ha instruido, y cuya parte dispositiva dice textualmente: - Desahuciar a D. Segundo González Segura, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de promoción pública nº 29, sita en el Grupo de 30 Viviendas Casco La Villa, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el B.O.E. de 7 de septiembre de 1968.

- Que transcurridos quince días de la notificación de la Resolución y salvo que por el interesado se haga entrega de las llaves de la vivienda en cuestión en las dependencias de esta Dirección General, se proceda al lanzamiento del mismo de la vivienda adjudicada, así como del mobiliario y enseres, y demás personas que en ellas hubiere.

- El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General, que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo recabar si lo estima necesario la ayuda de los agentes de la autoridad.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la presente, recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Vivienda de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de mayo de 1996.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.

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