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Visto el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de zona arqueológica, a favor de Las Fortalezas, término municipal de Santa Lucía de Tirajana, y de conformidad con lo establecido en el artº. 13 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
En uso de las facultades que me confiere la legislación vigente del régimen local y demás disposiciones complementarias y ejercitando las competencias transferidas por Decreto 60/1988, de 12 de abril, y Disposición Adicional Primera de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,
D I S P O N G O:
Abrir un periodo de información pública a fin de que cuantos tengan interés en el asunto presenten las alegaciones que estimaren procedentes durante el plazo de veinte días, a partir de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias, pudiendo examinarse el expediente en las oficinas de la sección de Patrimonio Histórico, sita en la calle Cano, 24, 3ª planta, Las Palmas de Gran Canaria.
Dado en la Casa-Palacio Insular, a 9 de mayo de 1996.- El Secretario General, Luis Montalvo Lobo.- El Presidente, José Macías Santana.
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