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Visto el expediente relativo a la modificación puntual del Plan General de Ordenación del municipio de Santa Cruz de Tenerife en Barranco Grande, Polígono P-4, SO-4. Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 29 de abril de 1996, emitió propuesta de aprobación.
Considerando que es competencia de este Departamento la resolución de este expediente al tratarse de la modificación del planeamiento general de un municipio capital de provincia, tal y como establece el apartado 5º del artículo 15 del Decreto 107/1995, de 26 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Aprobar definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación del municipio de Santa Cruz de Tenerife en Barranco Grande, Polígono P-4, SO-4, en los mismos términos de su aprobación provisional municipal.
Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación previa la comunicación a la Consejería de Política Territorial exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 1996.
EL CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL, Antonio González Viéitez.
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