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BOC Nº 067. Lunes 3 de Junio de 1996 - 1461

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Industria y Comercio

1461 - ANUNCIO de 18 de marzo de 1996, de la Dirección General de Industria y Energía, relativo a la solicitud de autorización de aprovechamiento del agua mineral natural, proveniente del Pozo Hoya de La Palma, por la entidad Aguas de Teror, S.A., y del perímetro de protección del acuífero del citado pozo.

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Por D. Benito Quintana Acosta, en nombre y representación de la entidad Aguas de Teror, S.A., con domicilio social en calle El Álamo, 1, término municipal de Teror (isla de Gran Canaria), ha sido solicitada ante esta Dirección General, autorización administrativa para el aprovechamiento de las aguas mineral natural alumbradas en el Pozo Hoya de La Palma, expediente 3.398-TP, sito junto al Barranco de Las Rosadas del término municipal de Teror, en la isla de Gran Canaria, y su explotación del agua alumbrada, en el citado Pozo Hoya de La Palma, como agua mineral natural envasada en las instalaciones industriales que la citada entidad dispone en Teror. La instancia, acompañada del correspondiente proyecto técnico, expediente A-95/166, de fecha 22 de diciembre de 1995, viene a solicitar, además de la preceptiva autorización de aprovechamiento del agua mineral natural de las aguas alumbradas en el Pozo Hoya de La Palma, sea concedido el perímetro de protección minera del acuífero del Pozo Hoya de La Palma.

Dicho perímetro de protección minera queda definido por las coordenadas rectangulares U.T.M., referidas al meridiano de Greenwich, siguientes:


VÉRTICES LONGITUDES-OESTE LATITUDES-NORTE

P1 444.888,33 3.103.176,31 P2 444.838,69 3.102.774,71 P3 445.202.49 3.103.130,49 P4 445.241,27 3.102.743,59

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de fecha 11 de agosto de 1995, dictada por el Excmo. Sr. Consejero de Industria y Comercio, por la que se declaran las aguas que emergen del Pozo Hoya de La Palma como agua mineral natural a solicitud de la entidad Aguas de Teror, S.A., fijándose como condición para dicho aprovechamiento el obtener la preceptiva autorización de aprovechamiento del envasado de dichas aguas por esta Dirección General, y según lo establecido en el artículo 26 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y en el artículo 41 del Real Decreto 2.857/1978, de 25 de agosto, que aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.

Obran en esta Dirección General de Industria y Energía, calle Cebrian, 3, 2ª planta, Las Palmas de Gran Canaria, de lunes a viernes, en horas de nueve a catorce, durante el plazo de quince días desde el siguiente hábil al de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado, los datos relativos a la situación, características y demás para una exacta determinación del pozo y acuífero e instalaciones de aprovechamiento, para que todos aquellos interesados que lo deseen puedan tomar vista en el expediente y dentro del citado plazo hacer las alegaciones que estimen oportunas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de marzo de 1996.- El Director General de Industria y Energía, Luis García Martín.

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